1º DATOS DEL PERCEPTOR (Trabajador):
–Revisar N.I.F., apellidos, nombre y fecha de nacimiento (RECTIFICAR SOBRE EL MISMO IMPRESO).
Situación familiar (SOLO SE MARCARÁ UNA OPCIÓN)
-Si está SOLTERO SIN HIJOS: Marque la casilla 3.
-Si está CASADO (con o sin hijos) Y SU CÓNYUGE GANA O PREVÉ QUE VA A GANAR MENOS DE 1.500 euros/año: Marque la casilla 2. (En este caso, debe rellenar obligatoriamente el N.I.F. del cónyuge).
-Si está CASADO (con o sin hijos) Y SU CÓNYUGE GANA O PREVÉ QUE VA A GANAR MÁS DE 1.500 euros/año: Marque la casilla 3.
-Si está SOLTERO-SEPARADO-DIVORCIADO CON ALGÚN HIJO MENOR DE 18 AÑOS, que convive exclusivamente con Ud., sin convivir también con el otro progenitor: Marque la casilla 1 y rellene el apartado 2 (Hijos y otros descendientes). Tenga en cuenta si debe computar por entero a los hijos o descendientes.
-Si está SOLTERO-SEPARADO-DIVORCIADO CON HIJOS MAYORES DE 18 AÑOS (TODOS): Marque la casilla 3.
-Si está VIUDO CON ALGÚN HIJO MENOR DE 18 AÑOS: Marque la casilla 1 y rellene el apartado 2 (Hijos y otros descendientes). Tenga en cuenta si debe computar por entero a los hijos o descendientes.
-Si está VIUDO y convive CON HIJOS MAYORES DE 18 AÑOS (TODOS): Marque la casilla 3.
Discapacidad del trabajador: En caso de tener reconocido un grado de discapacidad igual o mayor al 33%, marque la casilla correspondiente.
2º HIJOS Y OTROS DESCENDIENTES.
Se reflejará el año de nacimiento o adopción de todos los hijos MENORES DE 25 AÑOS, SOLTEROS Y QUE CONVIVAN CON UD. (SI SON DISCAPACITADOS NO HAY LÍMITE DE EDAD), siempre que no ganen o prevea que no van a ganar más de 8.000 EUROS EN EL AÑO cada uno.
En caso de ser discapacitados, marcar la casilla correspondiente.
¡IMPORTANTE!: Si los hijos conviven SOLO con Ud., sin convivir también con el otro progenitor, marque la casilla “Cómputo por entero de hijos o descendientes”.
3º ASCENDIENTES MAYORES DE 65 AÑOS.
Si sus padres conviven con Ud. (¡ojo! los suegros NO) y son mayores de 65 años o menores de dicha edad si son discapacitados, AL MENOS LA MITAD DEL AÑO y no tienen rentas netas anuales superiores a 8.000 euros, rellene los apartados correspondientes.
4º PENSIONES COMPENSATORIAS Y ANUALIDADES POR ALIMENTOS.
En caso de abonar pesiones compensatorias en favor del cónyuge o anualidades por alimentos en favor de los hijos, se hará constar en la casilla correspondiente el importe anual a satisfacer.
5º PAGO POR LA ADQUISICIÓN O REHABILITACIÓN DE LA VIVIENDA HABITUAL UTILIZANDO FINANCIACION AJENA.
Se indicará, cuando proceda, si se está pagando hipoteca por adquisición de vivienda habitual con derecho a deducción y la cuantía total de sus retribuciones íntegras en concepto de rendimientos del trabajo procedentes de todos sus pagadores es inferior a 33.007,20 euros anuales (solo para viviendas habituales adquiridas con anterioridad al 01-01-2013).
¡ ATENCIÓN ! NO OLVIDE FIRMAR EL MODELO 145
Divorciada, 3 hijos que viven con su padre, me he casado de nuevo mi nuevo marido no tiene ingresos, que marco en el 145??
Buenos días. Según la información que nos proporciona, tendría que marcar la situación 2 y especificar el DNI de su cónyuge. Si los hijos dependen exclusivamente del padre, no tiene que incluirlos en el detalle de descendientes (salvo que la custodia sea compartida). Como la situación tiene cierta complejidad, lo mejor es que se ponga en contacto con quien le confeccione las nóminas, para que le ayuden a rellenarlo.
Un saludo.
Estoy divorciada y mis dos hijos viven conmigo, aunque la pequeña casa 15 dias está con su padre. ,¿Qué casilla hay que marcar?
Hola María José.
Depende de cómo se haya establecido la custodia de los hijos. Si es compartida, marcarías la casilla 3 del apartado 1 y de los datos de los hijos en el apartado 2, sin marcar «Cómputo por entero de hijos o descendientes». Si la custodia fuera solo tuya y algún hijo fuera menor de 18 años o incapacitado judicialmente, marcarías la casilla 1 del apartado 1 y en el apartado 2 tendrías que especificar los datos de los hijos, marcando «Cómputo por entero de hijos o descendientes».
Un saludo.
Hola , tengo dos hijos mayores de 18 años y menores de 25 años a su vez la custodia es de la madre y paso pensión alimenticia mensualmente, cuáles son las casillas que debo marcar en el modelo 145 .
Gracias
Hola Antonio.
Con los datos que nos das, en el apartado 1 tendrías que marcar la casilla 3 y en el apartado 4 el importe anual de anualidades por alimentos a favor de los hijos, según resolución judicial.
Un saludo.
Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.
Hola buenas noches me podrías decir que casillas tengo que marcar. Se lo agradecería muchísimo. Mi situación es casado i vivimos juntos. Mi mujer tiene una niña de 7 años i por los estudios no vive con nosotros pero nos ocupamos de todos sus gastos. El padre no sirve para nada ( ni paga nada).espero su respuesta i gracias de antemano
Hola Rafael.
Si la hija solo es de tu mujer, no puedes incluirla en tu modelo 145, por lo que tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1.
Esperamos haberte ayudado.
Saludos.
“Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.”
Si mi marido tiene una pensión por incapacidad permanente absoluta exenta de irpf que situaciones de las tres tengo que marcar, gracias
Hola Isabel.
Pues puede ser la casilla 2 o la casilla 3, del apartado 1, dependiendo de si tu marido va a obtener, o no, otro tipo de rentas superiores a 1.500 euros anuales (intereses bancarios, subvenciones, ganancias patrimoniales…). Recuerda que esta situación puede variar dependiendo del año, lo que te obligaría a modificar el modelo 145, según esa previsión de ingresos.
Un saludo.
“Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.”
Hola, estoy divorciada desde el 1 de abril del 2024 y no sé cómo cumplimentar el formulario 145 para mí empresa. Mis hijas ya no conviven y yo soy la que recibo una pensión compensatoria desde abril del 2024. La hipoteca de la vivienda es al 50% aún resido en ella. Qué casillas debo rellenar?.
Hola Mayka.
Si no tienes hijos a cargo, tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1. En cuanto a la hipoteca, podrás marcar la casilla del apartado 5 siempre que cumplas los requisitos para poder deducírtela y tengas ingresos del trabajo inferiores a 33.007,20 euros anuales de todos tus pagadores.
¡Un saludo!
“Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.”
Buenos días,
La empresa me solicita el modelo 145. Mo situación es casada, pero mi pareja tiene gran invalidez, ¿que casilla tengo que marcar? Un saludo. Gracias.
Hola Ana.
Para poder incluir a tu cónyuge en el modelo 145 (casilla 2 del apartado 1), éste no puede percibir rentas superiores a 1.500 euros ANUALES, excluidas las rentas exentas.
En caso de duda, puedes marcar la casilla 3 del apartado 1 y regularizar la situación cuando hagas tu Declaración de la Renta.
Saludos.
“Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.”
Que pasa si estoy casado, tengo 1 hija , pero cuando voy a rellenar el modelo 145 , me dicen que tengo que ponerme como solteros con hijos porque mi mujer no tiene NIE , Osea no tiene documentación.
Pero legalmente estoy casado y depende de mi.
Eso es verdad de no poderla agregar al modelo 145 por eso?
Hola Engels.
Para poder incluir a tu cónyuge en el modelo 145, tiene que figurar en el censo de la Agencia Tributaria y añadir el dato del DNI o NIE en la casilla 2 del apartado 1.
Si tu cónyuge no está identificado en la Agencia Tributaria, puedes marcar la situación 3 del apartado 1 (ya que estás casado) y regularizar posteriormente cuando hagas la Declaración de la Renta.
Saludos.
“Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.”
Hola, si estoy en pareja de hecho con una hija como sería ?
Hola Jonathan.
Al convivir con el otro progenitor, tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1 y rellenar los datos de la hija en el apartado 2.
Recibe un cordial saludo.
“Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.”
Tengo 1 nene de 1 añito y vivo con mi pareja pero no estamos casados ni pareja de hecho. debo rellenar el modelo 145? Si es así que debo marcar?
Hola Lucas.
Al convivir con el otro progenitor, tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1 y rellenar los datos del hijo en el apartado 2.
Recibe un cordial saludo.
“Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.”
Divorciado, con dos hijos con custodia compartida y pagando hipoteca y alquiler que casilla debo marcar en el modelo 145.
Gracias
Hola Juan. Si tiene la custodia de los hijos compartida, tiene que marcar la casilla 3 en el apartado 1º y especificar el año de nacimiento de los hijos en el apartado 2º. Si la hipoteca es deducible, según la normativa en vigor y cumple con los requisitos (debe comprobar este dato), puede marcar la casilla de la hipoteca en el apartado 5º.
Un saludo.
Soltera con una hija de 29 meses que computo como entero ya que me encuentro en situación 1. Me comentan que ya no la pueden computar en cálculo irpf como menor de 3 años porque en setiembre 2020 cumplirá los 3 ( pero realmente tiene 2,4 años) por tanto me han subido el irpf por ese motivo ¿es correcto lo que están haciendo? Gracias
Hola Eva. Se toma la edad de los descendientes, como norma general, a la fecha fin del devengo del impuesto (normalmente, 31 de diciembre de cada año). Lo que te comentan es correcto, puesto que a día 31 de diciembre el descendiente ya tiene los tres años cumplidos y, por lo tanto, no tiene ya para este año derecho al incremento adicional por descendiente menor de tres años. Un saludo.
Hola, estoy casada con un hijo menor de edad. Mi marido no percibe nómina pero a su cuenta ingresa dinero por cuentas que maneja en el extranjero. Eso cuenta como ingresos? Debo marcar la casilla 3?
Hola Pierina.
Para poder marcar la casilla 2, tu marido no puede percibir rentas, de cualquier tipo, superiores a 1.500 euros anuales. Si supera esa cantidad, debes marcar la casilla 3 del apartado 1.
Un saludo.
Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.
Hola, pareja de hecho conviviendo con un hijo menor de 18.
Hola María.
Entendemos que el hijo es común con tu pareja de hecho. Si es así, tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1 y rellenar los datos del hijo en el apartado 2.
Un saludo.
“Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.”
Buenos días,
En marzo tendré a mi primera hija y soy trabajadora, tengo fecha para casarme en el ayuntamiento el 10 de dic de 2020, convivo con mi pareja en piso de alquiler que no obtiene rentas superiores a 1.500€ al año, ¿qué opción debo marcar?
Gracias por su atención, un saludo.
Hola. Has de especificar la situación que tengas en cada momento. Esto es, cuando nazca tu hija, tendrás que marcar la situación 3 del apartado 1º (puesto que convives con el otro progenitor), así como el año de nacimiento de la hija en el apartado 2º. Una vez que te cases, tendrás que volver a rellenar un nuevo modelo 145, esta vez marcando la situación 2 del apartado 1º (si tu cónyuge no ha obtenido rentas superiores a 1500 euros anuales), el NIF de tu cónyuge y el año de nacimiento de la hija en el apartado 2º. Un saludo.
Hola, tengo dos hijos de 10 y 14 años, divorciada con la custodia de mis hijos. Ellos reciben una pensión alimenticia de 175 € cada uno. En esta situación ¿computan por entero?
Hola Miriam. Si la custodia la tienes únicamente tú (no es compartida), entonces sí que computan por entero y así lo tienes que marcar en las casillas correspondientes del apartado 2º. Un saludo.
¿Aún teniendo régimen de visitas (fines de semanas alternos)?
Hola de nuevo Miriam. En los supuestos de separación matrimonial legal, el mínimo familiar por descendientes corresponderá a quien de acuerdo con lo dispuesto en el convenio regulador aprobado judicialmente, tenga atribuida la guarda y custodia de los hijos en la fecha de devengo del impuesto, por ser ésta la persona con quien conviven. Si es tu caso, los descendientes los computarías por completo. Un saludo.
Buenas. Una pregunta tengo dos hijos menores lo cual el primero de otra relación soy soltero y le paso una pensión mensual no estaba casado ni pareja de hecho mi pregunta es, en el apartado 2 tengo que poner la fecha de nacimiento de los dos o solo del que vive conmigo ya que el mayor vive con su madre
Hola Steven.
Hay que ver qué figura en la resolución judicial. Solo puedes reflejar en el apartado de los hijos de los que tengas la custudia, bien compartida o total. Si es compartida, NO se marca la casilla de «Cómputo por entero de hijos o descendientes». Si tienes la custodia total, entonces SÍ la marcarías.
Si solo tienes la custudia total de un hijo y es menor de edad, marcarías la casilla 1 del apartado 1 y los datos de ese hijo en el apartado 2, marcando la casilla «Cómputo por entero de hijos o descendientes». Del otro hijo no tendrías que poner ningún dato.
Si por sentencia judicial estás pasando anualidades por alimentos al otro hijo, puedes reflejar esas cantiades en el apartado 4.
Un saludo.
Hola, buenos días, estoy divorciada con una hija.
Tengo la guarda custodia de la niña y el padre paga la pensión alimenticia con un amplio régimen de visitas. Tengo la duda de si debo marcar la casilla 1 o 3 en situación familiar, y de ser la 1 si luego computa por entero en el apartado 2?
Muchas gracias por su ayuda.
Hola Lidia. Como en el caso anterior, si la custodia la tienes solo tú, y por tanto no es compartida, y el hijo es menor de 18 años, tienes que marcar la casilla 1 del apartado 1º y la casilla de cómputo por entero en el apartado 2º. Esperamos haber aclarado tus dudas. Un saludo.
Tengo una discapacidad del 65% me a subrogado una empresa deberían darme el modelo 145 pa rellenarlo. Lo digo pq me han puesto 12%irf y no se es correcto el bruto anual es 20700 eur
Hola Javi. Si la nueva empresa no te ha facilitado el modelo 145, pídeselo para poder especificarles tu situación personal y que así te apliquen el IRPF correcto. Un saludo.
Hola. Mi caso es este: soy soltero y convivo en el mismo domicilio con mi hijo menor de edad con discapacidad reconocida del 33%, y su madre (no estamos casados ni somos pareja de hecho), que está divorciada.
Entiendo que estaría en la situación familiar 3, pero tengo dudas. Un abrazo y muchas gracias por adelantado.
Hola Alfonso. Como bien dices, tienes que marcar la situación familiar 3 del apartado 1º, ya que convives con el otro progenitor. Recuerda marcar también la casilla de la discapacidad en la relación de hijos y otros descendientes (apartado 2º). Un saludo y gracias a ti por el comentario.
Estoy pasando una manutención a mi hijo cada mes, entiendo que lo puedo poner en el apartado 4 en anualidades por alimentos en favor de los hijos?
Muchas gracias
Hola Jordi.
Si la manutención está establecida por resolución judicial, puedes reflejar el importe anual en el apartado 4 del modelo 145.
Saludos.
Buenas noches
Mi situacion es soltero (ni pareja de hecho ni casado) pero vivo con mi pareja con la cual tengo una hija de 3 años. ¿Que casilla me corresponde?
Hola Adrián.
En tu situación, tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1 (puesto que convivís juntos) y debes rellenar los datos de la hija en el apartado 2.
Saludos.
“Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.”
Hola. Soy pensionista por Incapacidad Permanente Absoluta. Al rellenar mi esposa el modelo 145 está marcando la casilla 2 y poniendo mi DNI pues mi renta está exenta.
¿Es correcto?
Hola Daniel Jesús. Si percibe rentas exentas y no percibe otro tipo de rentas sujetas superiores a 1500 euros anuales, entonces es correcto marcar la situación 2 del apartado primero. Un saludo.
Hola, soy Alberto, estoy divorciado y tengo 2 hijos menores que conviven con su madre. Que casilla tengo que marcar? Gracias
Hola Alberto. Si la custodia la tiene solo la madre, tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1. Comprueba si tienes que cumplimentar el apartado 4, pensiones compensatorias en favor del cónyuge y anualidades por alimentos en favor de los hijos, fijadas ambas por decisión judicial. Un saludo.
El cónyuge si tiene una minusvalía del 65% y movilidad reducida es considerado ascendiente para mara marcar en apartado 3 del modelo 145
Hola Juan.
El cónyuge nunca puede ser considerado ascendiente, por lo que no puedes incluirlo en el apartado 3. Solo podrías reflejar sus datos en el punto 2 del apartado 1, si cumple el requisito de no obtener rentas superiores a 1500 euros anuales, excluidas las rentas exentas.
Saludos.
En el apartado 5 del modelo 145,lo marcas si ganas menos de 33000€ ,la pregunta es,sumando el salario de ambos cónyuges o solo el salario del que cubre el formulario?
Hola Silvia.
El modelo hace referencia a la persona que lo rellena, por lo que solo tienes que indicar tus datos. En el caso que comentas, tienes que tener en cuenta solo tu salario.
Saludos.
Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.
Hola, estoy rellenando el formulario 145. No sé que opción poner. Soy divorciada, convivo con mi nueva pareja y tenemos un hijo en común
Hola Silvana. En el caso que planteas, tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1, puesto que convives con el otro progenitor, y los datos del hijo en el apartado 2. Un saludo.
Hola, vivo con mi pareja pero no estamos casados y hemos tenido dos hijos, que he de rellenar?
Hola Mónica.
Al convivir con el otro progenitor, la opción correcta es la casilla 3 del apartado 1, detallando el año de nacimiento de los hijos en el apartado 2.
Saludos.
Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.
hola quisiera saber que casilla es la que tengo que modificar ya que estoy soltera y tengo un niño de 4 años y la custodia la tengo yo. gracias
Hola Yesenia. Si la custodia la tienes solo tú y no convives con el otro progenitor, tienes que marcar la casilla 1 del apartado 1, y el año de nacimiento y la casilla de cómputo por entero de hijos, en el apartado 2.
Un saludo.
Buenos días,
Convivo con mi pareja. No estamos casados ni somos pareja de hecho y tenemos una hija en común. Por favor, ¿cómo tendría que cumplimentar el modelo 145? Muchísimas gracias
Hola Mercedes.
Al convivir juntos ambos progenitores, tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1 y rellenar los datos de vuestra hija en el apartado 2. Esperamos haberte servido de ayuda.
Saludos.
Buenos días,
¿Marcar la opción 1 de la situación familiar implica siempre, en cualquier caso, marcar el cómputo por entero del hijo/a en el segundo recuadro en el que se pone a los hijos?
En la opcion 1 pone, literalmente, «que conviven exclusivamente con Vd., sin convivir también con el otro
1 progenitor» (entiendo que esto vale tanto para el soltero como el viudo, separado legalmente… es decir, a todas las situaciones que se citan en la opción 1 y no únicamente a la de la patria potestad, que es la que viene justo antes de la cita a la convivencia exclusiva), que es lo mismo que pone en el recuadro de los hijos para el cómputo por entero (la única diferencia es que en el cómputo por entero entran los nietos y en la opción 1 no).
Sin embargo, al citar vosotros los dos ejemplos en los que indicáis que la situación es la 1, ponéis también «Tenga en cuenta si debe computar por entero a los hijos o descendientes», lo que me da a entender que podría darse la situación 1 sin cómputo por entero de un hijo y eso me choca con el literal de la descripción de la opción 1 sobre la convivencia.
Yo, por ejemplo, soy soltero con un hijo menor de 18 de años y convivo con la madre de mi hijo (somos pareja de hecho). Siempre he marcado la opción 3 precisamente por lo comentado aquí.
Muchas gracias por sus comentarios.
Hola. Muchas gracias por ponerte en contacto con nosotros.
Aunque no es una situación habitual, puede darse el caso de marcar la situación 1 y no computar por entero a los hijos o descendientes. Un ejemplo sería una persona separada, con un hijo menor de 18 años y que tiene la custodia en exclusiva. Esa persona tiene otro hijo posteriormente con otra pareja y, además, convive con ella. En este supuesto, marcaría la opción 1 y en el apartado de descendientes computaría por entero al hijo del que tiene la custodia en exclusiva y no marcaría esa casilla en el hijo que tiene en común con la nueva pareja.
En tu caso, al convivir con tu pareja, está bien marcada la opción 3.
Esperamos haber aclarado tus dudas. Saludos.
Buenas tardes,
Muchas gracias por vuestra respuesta y la rapidez. Me alegra saber que informo bien mi situación en el modelo 145 que cada año me pasa la empresa.
Entiendo lo del ejemplo que ponéis pero el matiz estaría en que en el recuadro de los hijos, habría uno que no tendría el cómputo por entero y el otro sí, marcando la opción 1 en la situación familiar. En cierto modo, con este ejemplo me quedo con la idea de que la opción 1 seguiría exigiendo al menos un cómputo por entero en el recuadro de los hijos, que no necesariamente en todos los hijos que se informen. ¿Pero se os ocurre alguna situación en la que, por ejemplo, se tenga que marcar la opción 1 y solo se informe un hijo pero sin marcar el cómputo por entero y eso sea válido? ¿O que incluya a 2 hijos y en ninguno de ellos marque el cómputo por entero?
Muchas gracias de nuevo.
Saludos.
Hola.
En principio, no se puede dar la situación de marcar la opción 1 y no marcar el cómputo por entero en alguno de los hijos. Tiene que haber al menos un hijo que cumpla ese requisito.
Gracias de nuevo por tus comentarios.
Buenos días, tengo dudas he marcado la casilla 1 del primer apartado, pero soy soltera con un hijo de 8 años custodia compartida, que debería rellenar??
Hola Melisa.
En tu caso, al tener la custodia compartida del hijo, tienes que marcar la casilla 3 del primer apartado y el año de nacimiento en el apartado 2, sin marcar cómputo por entero.
Un saludo.
Hola Buenos Días. Tengo una consulta sobre el formulario 145. Tengo dos hijos de mi primer matrimonio que conviven con su madre. Y este año ha nacido una hija que tengo con mi actual pareja con la cual no estoy casado. Quería saber como rellenar el 145. De los niños que conviven con mi ex pareja abono pensión alimentaria con sentencia judicial.
Hola. Si la custodia de los dos hijos del primer matrimonio la tiene solo la madre, tú no puedes incluirlos dentro de tu modelo 145. Eso sí, puedes rellenar el apartado 4: Pensiones compensatorias en favor del cónyuge y anualidades por alimentos en favor de los hijos, fijadas ambas por decisión judicial.
En cuanto a la hija que tienes con tu pareja actual, tienes que marcar la opción 3 del apartado 1 (entiendo que convives con ella) y rellenar el año de nacimiento en el apartado 2.
Saludos.
Hola buenas tardes estoy divorciada y con un hijo mayor de 18 convive conmigo siempre está estudiando no trabaja que casilla he de marcar del formulario 145 gracias
Hola Rosa.
Si tu hijo convive exclusivamente contigo, tendrías que marcar la casilla 3 del apartado 1, y en el apartado 2 deberías rellenar sus datos, marcando la casilla «Cómputo por entero de hijos o descendientes». En todo caso, confirma que tienes a tu hijo exclusivamente a tu cargo antes de entregar el modelo.
Un saludo.
“Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.”
Hola que casilla marco si estoy separado sin hijos?? Gracias
Hola Manuel. En tu caso, tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1.
Saludos.
hola la mutua me pide el modelo 145 y es la primera vez que trabajo para la baja por covid y eso lo relleno yo pero quien o como lo presento la empresa o la mutua como pagador
Hola Jose. El modelo 145 lo tienes que entregar a la empresa o entidad que te va a pagar. Si te va a pagar la mutua, se lo tienes que entregar a la mutua. Saludos.
Hola buenos dias soy casada y convivo con mi esposo y mi hija q tiene 18 años y aun estudia me podrias decir k numero de casilla debo marcar? Graciass
Hola Martha. Pues dependiedo de los ingresos de tu esposo, marcarás la casilla 2 o 3 del apartado 1, así como el año de nacimiento de tu hija, en el apartado 2. Gracias por comentar. Saludos.
Buenas tardes, estoy divorciada, tengo un hijo de 23 años que convive conmigo, pues tengo la custodia total de él desde que se divorcié. Mi hijo no trabaja. ¿Tengo que marcar la casilla 1 ó la 3? me surge la duda pues al estar divorciada no pone nada de eso en la casilla 3, pero en la casilla 1 pone hijos menores de 18 años y sin embargo luego en el apartado de hijos pone menores de 25 años … es un poco lioso todo esto. Gracias.
Hola Laura.
La casilla correcta del apartado 1 es la 3, puesto que tu hijo es mayor de 18 años. En el apartado 2 tienes que especificar su año de nacimiento, ya que es menor de 25 años y, además, tienes que marcar la casilla «Cómputo por entero de hijos o descendientes», si está a tu exclusivo cargo.
Un saludo.
Buenas tardes.
Soy separado y tengo dos hijos que conviven con su madre. He rellenado apartado 4 de anualidaddes por alimentos y he pinchado la situación 3 del apartado 1. La cuestión es: ¿En qué apartado se refleja que tengo dos hijos?, Esto es porque en la nómina sigue apareciendo que no tengo hijos y para comunicar este hecho me remiten al 145.
Gracias.
Hola Enrique José.
Si estás pasando a tus hijos anualidades por alimentos, entiendo que es porque la custodia la tiene en exclusiva tu expareja, por lo que no puedes incluirlos en el modelo 145 (apartado 2).
Saludos.
Buenos días,
Estoy casada, tengo una hija de 7 años, mi marido esta trabajando y supera las rentas de 1500 euros anuales, en este caso yo he marcado la casilla 3 del apartado 1, y en el apartado 2 he puesto el año de nacimiento de mi hija. Estoy tratando de modificar mis datos pero la empresa me dice que estoy marcando incorrectamente y me tienen dando vueltas con esto desde Junio y no me lo modifican hasta el momento. ¿Lo estoy haciendo mal? Desde la empresa me informan que tengo que marcar la casilla 2.
Hola Mónica.
Gracias por comentar. La situación que estás declarando es correcta. La casilla 2 del apartado 1 solo se marca si el cónyuge NO percibe rentas superiores a 1500 euros anuales, por lo que al convivir con él, solo cabe marcar la casilla 3.
Saludos.
Buenas,
soy divorciado con 1 hija cuya custodia la tiene la madre. Por otro lado tengo 2 hijos con mi pareja de hecho con la que convivo. ¿Qué casilla he de marcar en el apartado 1? ¿y en el apartado 2: he de marcar la casilla de cómputo por entero de mis hijos con mi actual pareja, o no porque convivimos los dos con los niños?
gracias
Hola.
Tienes que tener en cuenta tu situación actual, por lo que debes marcar la casilla 3 del apartado 1 y en el apartado 2 los años de nacimiento de los hijos que tienes con tu actual pareja, sin marcar el cómputo por completo, puesto que convivís juntos.
Un saludo.
Buenos dias,
Antes de nada gracias por vuestra respuesta.
Tengo una duda en cuanto a mi modelo 145 a ver si me la podeis aclarar puesto que mi caso es de esos poco habituales :
– Estoy divorciado, con custodia exclusiva de una niña de 6 años y este año me he vuelto a casar y mi actual mujer gana renta superiores a 1.500€.
Se supone que debo computar mi hija por entero pero esto solo es valido en la opcion 1 y sin embargo en la opcion 1 pone que incluye solamente a divorciados, separados, solteros… y en mi caso yo ahora, a pesar de que estoy divorciado de la madre de la niña, me he vuelto a casar. ¿La opcion 1 no tiene en cuenta mi situacion actual en caso de que exista un divorcio previo con custodia exclusiva y por lo tanto a esos efectos se considera que estoy divorciado y debo marcar la opcion 1 y computar por entero a la niña?
Un saludo
Hola Christian.
Gracias por comentar con nosotros.
Tu situación, aun siendo especial, entendemos que no impide marcar la situación 3 del apartado 1, y después marcar el cómputo por entero de la niña de la cual tienes la custodia exclusiva, ya que tu actual mujer, al ganar más de 1500 euros anuales, queda fuera de los datos del cálculo. Todo ello, salvo mejor criterio.
Un saludo.
Hola, tengo una duda al rellenar el apartado 5. Compre vivienda antes de 2013 i deduzco en renta por ser primera vivienda, por lo tanto entiendo que tengo que marcar la casilla. pero luego dice que el importe integro sea inferior a 33.007,20€ . Al mirar el certificado de ingresos de mi empresa me pone que el importe integro es de 39.220,30€ con retencion de 7.763,13€. Debo de marcar la casilla o no, no me queda claro.
Hola Patricia.
Si tu retribución bruta para este año 2020 va a ser superior a 33.007,20 euros anuales, no puedes marcar la casilla del apartado 5, independientemente de que tengas derecho a deducirte en la declaración de la renta por la adquisición de vivienda habitual.
Un saludo.
Buenos días,
Lo primero es agradecer tu ayuda.
Mi caso es el siguiente. Mi mujer y yo estamos inscritos en el registro como pareja de hecho. Hemos tenido un niño y nuestros ingresos son superiores a 1500 € anuales cada unos. Que opciones tengo que elegir en el apartado 1 y si tengo que rellenar al más en el apartado 2.
Muchas gracias por su ayuda.
Hola Enrique.
Como los padres convivís juntos, tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1, y en el apartado 2 reflejar el año de nacimiento del hijo.
Un saludo.
Casada con una hija de 22 meses, mi marido está en el paro pero cobra una ayuda por eso mismo y tener una hija. ¿Qué casilla marco?
Gracias.
Hola Belén.
Si tu marido va a percibir más de 1500 euros anuales, excluidas las rentas exentas, tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1. Si no va a percibir más de 1500 euros anuales, tienes que marcar la casilla 2 del apartado 1 y rellenar el DNI de tu marido. En el apartado 2 tienes que especificar los datos de tu hija.
Un saludo.
Hola. Tengo un hijo de 19 meses y vivo con mi pareja ( su progenitor) no estamos casados. El esta trabajando tambien. Que casilla debo de marcar?
Hola Sandra.
En el apartado 1 tienes que marcar la casilla 3, puesto que convives con el otro progenitor. En el apartado 2, tienes que rellenar los datos de tu hijo.
Saludos.
Hola tengo que rellenar el modelo 145 y no se que marcar
Soy soltero con un hijo que tiene la custodia la madre a la cual la paso todos los meses la manutención.
Gracias
Hola Carlos.
En tu caso, si no tienes la custodia compartida, la casilla que tienes que marcar en el apartado 1 es la 3, sin rellenar posteriormente los datos de tu hijo.
Un saludo.
Estoy legalmente divorciado,no dispongo la custodia compartida, si nos régimen de visitas y paso pensión alimenticia¿Cual sería la casilla que me correspondería en el apartado 1??? En mi empresa me adjudican desde que me divorcie la casilla número 3 y creo que no debería ser así. ¿Me podrían informar de si es correcto?
Hola Pedro.
La casilla correcta del apartado 1 es la 3, ya que no tienes la custodia compartida, aunque dispongas de régimen de visitas.
Un saludo.
BUENOS DÍAS ,
YO TRABAJO Y MI ESPOSA NO TRABAJA , Y NO RECIBE NINGÚN PRESTACIÓN POR DESEMPLEO Y TENGO UNA HIJA DE UN AÑO QUIERO SABER QUE CASILLA TENGO QUE MARCAR
Hola Joan.
Con los datos que proporcionas, si tu esposa no tiene ingresos de ningún tipo, deberías marcar la casilla 2 del apartado 1 (no olvides poner el NIF de tu esposa) y en el apartado 2, los datos de tu hija.
Un saludo.
Hola tengo que rellenar el modelo 145 tanto yo como mi pareja, pero no se que casilla tenemos que marcar, no estamos ni casados ni somos pareja de hecho pero si convivimos juntos, y recientemente en noviembre acabamos de ser padres, que casilla es la que tenemos que marcar cada uno en el modelo 145.
Muchas gracias
Un saludo
Hola Tamara.
En vuestro caso, ambos tenéis que marcar la casilla 3 del apartado 1, y rellenar los datos del hijo o hijos en el apartado 2. No podéis marcar la casilla de cómputo por entero de hijos o descencientes, puesto que convivís juntos.
Saludos.
Hola tengo una duda sobr.eel modelo 145
Soy soltera con una hija a cargo de 11 años.. la custodia es solo mia…
En el apartado 1 mi opcion es la 1 sino me equivoco ….
Tengo a la niña metida
Cobro uns pensión alimenticia de 200€ al mes … En el apartado de pensión alimentaria tengo que poner el importe anual o eso solo lo tiene que poner el progenitor que paga la pensión? Gracias
Hola Estefanía.
Efectivamente, si la hija está a tu exclusivo cargo, la casilla que tienes que marcar en el apartado 1 es la 1. Además, en el apartado 2, cuando rellenes los datos de tu hija, tienes que marcar también la casilla «cómputo por entero de hijos o descendientes».
No tienes que hacer referencia a la cantidad que percibes por pensión alimenticia, ya que lo tiene que declarar el que lo abona.
Un saludo.
Buenas noches.
Gracias de antemano por la ayuda.
Tengo una consulta. Hoy al rellenar el modelo 145 con un nuevo trabajador, me ha hecho dudar, nunca he tenido esta situación.
Según me dice:
Soltero, tiene 2 niños nacidos en 2016,me dice que por resolución judicial tiene la custodia compartida, pero que pasa manutención de 350 € mes para los niños, sin embargo viven con ella…
Pensaba que cuando pasaban a los hijos anualidades por alimentos, es porque la custodia la tiene en exclusiva la expareja..
Entonces no sé que marcar, yo según lo que dice, marcaría casilla 3, rellenar el año de los dos descendientes, y también el apartado 4 con la anualidad de alimentos.
Un saludo y gracias por vuestra ayuda.
Hola Noelia.
Con los datos que facilitas, si la custodia es compartida y está reflejado así en sentencia judicial, puede marcar la casilla 3 del apartado 1 y los hijos en el apartado 2. Si además pasa anualidades por alimentos por resolución judicial, podría incluir el importe en el apartado 4. Hay que tener en cuenta que es una declaración que hace el trabajador y que tiene que ajustarse a la realidad, por lo que es fundamental que tenga claro todo lo que está reflejando.
Un saludo.
Vivo con mi pareja y con una hija en común de 9 meses.
No estamos casados.
Que opción sería?
Hola Miguel.
Con la situación que comentas, la opción correcta en el apartado 1 es la casilla 3 y en el apartado 2 tienes que rellenar los datos de la hija común, SIN MARCAR «Cómputo por entero de hijos o descendientes».
Saludos.
Buenos días
Soy divorciada y tuve una niña de 12 años ,la custodia es mía, a mi me pasa una pensión de 200€ mes , pero me he hecho pareja de hecho con otra persona con la que convivo y he tenido dos hijas el cobra más de los 1500€ ¿Qué casilla tengo que marcar ahora 1,2 o 3. Y en el segundo apartado tengo que poner algún porcentaje en donde el año de nacimiento de cada una de las niñas? Ya que la primera es de un matrimonio, y las dos siguientes son con mi pareja de hecho actual.
Gracias de antemano. Un saludo
Hola Beatriz.
Según los datos que nos proporcionas, tienes que marcar los siguientes campos:
– Con respecto a la niña de 12 años, al ser menor de edad, tienes que marcar la casilla 1 del apartado 1. En el apartado 2 tienes que rellenar sus datos y marcar la casilla «cómputo por entero de hijos o descendientes»
– Con respecto a tu pareja de hecho, no se tiene en cuenta, puesto que no es una relación que esté admitida a efectos tributarios.
– Por último, tienes que rellenar en el apartado 2 los datos de las otras niñas, en este caso, sin marcar el cómputo por entero, puesto que convives con el otro progenitor.
Un saludo.
Mi marido tiene que rellenar el modelo 145 para el trabajo yo cobro la ayuda de 420€ que dan después del paro y tenemos una niña de 4 años. Que casilla tengo que marcar
Hola Ana.
Como tú vas a cobrar más de 1500 euros anuales, tu marido tiene que marcar la opción 3 del apartado 1 y después rellenar los datos de la niña en el apartado 2.
Saludos.
casado con hijo de 21 años sin ingresos conyuge gana mas de 1500 euros no retencion IRPF por incapacidad absioluta permanente . Que situación pongo 2 o 3.
Hola Francisco.
Entendemos que es tu cónyuge quien percibe la incapacidad permanente absoluta, que es una renta exenta, por lo que si no va a tener otros ingresos durante el año que superen la cantidad de 1500 euros, tendrías que marcar la casilla 2 del apartado 1 (no olvides rellenar el DNI de tu cónyuge) y rellenar los datos de tu hijo en el apartado 2.
Un saludo.
Hola. Estoy divorciada desde hace 4 años. Actualmente tengo un bebé con otra pareja pero no vivimos juntos y aunque tenemos la potestad compartida, la guardia y custodia es sólo mia. Tengo que marcar la casilla 1 en el apartado 1. Muchas gracias
Hola Silvia.
Si, como indicas, tienes la guardia y custodia de tu hijo en exclusiva, tienes que marcar la casilla 1 del apartado 1, y en el apartado 2 tienes que rellenar los datos de tu hijo, marcando también la casilla «Cómputo por entero de hijos o descendientes».
Saludos.
Hola! Vivo con mi pareja, un hijo en comun y mi hija la cual tengo la custodia de otra relación. No estamos casados y yo no tengo ingresos mas que la pension de la niña. Tenemos que rellenar el modelo con todos o solo puede poner mi pareja al niño?
Hola Montse.
Tu pareja, que es quien debe rellenar el modelo 145 si está trabajando, solo puede incluir al hijo que tenéis en común. Por tanto, las casillas a marcar son la 3 en el apartado 1 y los datos del hijo común en el apartado 2. A ti no puede incluirte puesto que no estáis casados.
Esperamos haberte ayudado.
Saludos.
Hola buenos días tengo que rellenar el modelo 145 , y no se cuál poner , tengo dos hijos menores uno de 7 años y otro de 1 año no estoy casada cual tendría que poner un saludo y gracias por adelantado
Hola Mary.
Pues depende de si convives o no con el otro progenitor. Si convives con él, tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1 y los datos de los hijos en el apartado 2. En caso de no convivir juntos y de que seas familia monoparental, tendrías que marcar la casilla 1 del apartado 1 y los datos de los hijos en el apartado 2, marcando además «Cómputo por entero de hijos o descendientes».
Saludos.
Me gustaría consultar una duda. Si me deduzco la anualidad por alimentos en el modelo 145, a la hora de hacer la declaración de la renta entiendo que no puedo volver a incluir ese dato. ¿Es así?
Hola María.
Si informas lo que abonas en concepto de anualidad por alimentos en el modelo 145, tienes que incluirlo también en la declaración de la renta. Pasa lo mismo que con los hijos, los incluyes en el modelo 145 y en la declaración de la renta. Este modelo sirve para ajustar las retenciones que te practica tu pagador a tu situación personal, pero no significa que lo que pongas en él no lo puedas reflejar también en la declaración de la renta.
Esperamos haberte ayudado.
Saludos.
Hola buenos días ,
Soy divorciada con dos niños y reciben anualidad por alimentos . He marcado casilla 1 en apartado 1, cómputo entero en casilla dos, pero en el apartado 4, respecto anualidades , debo indicar el importe o está casilla la debe rellenar mi ex? Es que pone «obligación de satisfacer..».. entiendo que es él..gracias !
Hola Pilar.
Las casillas que has marcado son correctas si tienes en exclusiva la custodia de los niños. En el apartado 4 no tienes que especificar nada, puesto que, como dices, lo refleja quién está obligado al pago, no el que lo recibe.
Un saludo.
Hola, a ver si pueden ayudarme para ver qué tengo que marcar.
Mi situación es la siguiente:
– Una hija con mi primera esposa de la que estoy divorciado, menor de 18 años y la custodia la tiene su madre y hay una acuerdo de divorcio por el que pago 1000 euros al mes en concepto de pensión por alimentos, 12.000 al año.
– Una hija menor de 18 años, con mi pareja actual, no estamos casados pero convivimos juntos con ella.
Tengo marcada la casilla 3 en el apartado 1, en el apartado 2 sólo tengo puesta a mi hija pequeña, porque la mayor no vive el 100% del tiempo conmigo, en el apartado 4 tengo especificados los 12000 euros de pensión alimenticia.
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Hola Mario.
Las opciones que tienes marcadas son correctas. La única apreciación es que a tu hija mayor no la puedes incluir no porque no viva el 100% del tiempo contigo, sino porque la custodia la tiene su madre.
Gracias por comentar con nosotros.
Un saludo.
Buenos días,
Me casé el pasado mes de febrero. Yo trabajo y mi marido cobra prestación por desempleo que no llega a los 1.000,00 euros.
No tenemos hijos. ¿Que casilla debería marcar en el modelo 145?
Gracias
Hola Carmen.
Entendemos que cuando dices que tu marido cobra una prestación inferior a 1.000 euros, te estás refiriendo a una prestación MENSUAL. Si es así, supera ampliamente los 1.500 euros ANUALES, por lo que tendrías que marcar la casilla 3 del apartado 1.
Un saludo.
Hola soy Ana vivo de alquiler con mi pareja y nuestra hija en común tengo dudas si es la casilla 1 al ser solter o es la 3
Hola Ana.
Si convives con el otro progenitor, la casilla que tienes que marcar en el primer apartado es la 3.
Un saludo.
Buenos dias ,
Mi situacion es la siguiente : mi pareja y yo estamos inscritos como pareja de hecho , convivimos juntos y tenemos un hijo de un año , en el apartado 1 cual es la casilla que debo de marcar ?
Muchas gracias.
Hola Jorge.
Como convives con tu pareja, la casilla que tienes que marcar en el apartado 1 es la 3. Después, especifica los datos de vuestro hijo en el apartado 2.
Saludos.
Soltera, con hijo menor, en mayo dejaré de vivir con el padre y tendremos la custodia compartida. ¿Qué debo poner?
Muchas gracias
Hola Andrea.
En esa cualquiera de las dos situaciones que comentas, tienes que marcar lo mismo: la casilla 3 del apartado 1 y los datos del hijo menor en el apartado 2.
Gracias por comentar y saludos.
Madre divorciada con 2 hijos menores 18 años custodia exclusiva a expensas de ir a compartida sin pension alimentaria como debo reflejarlo en la declaracion. Tipologia A,B,c…
Muchas gracias
Hola Ana.
En el modelo 145 hay que reflejar la situación que se tiene en cada momento, modificándolo las veces que sean necesarias si las circunstancias varían. Si la situación actual es de custodia exclusiva de los dos hijos menores, tendría que marcar la casilla 1 del apartado 1 y los datos de los hijos en el apartado 2, especificando «Cómputo por entero de hijos o descendientes». Si la situación varía, tendría que rellenar un nuevo modelo 145 con los datos que correspondan.
En caso de duda, siempre puede marcar la opción 3 del apartado 1 y rellenar los datos de los hijos en el apartado 2 (sin marcar «Cómputo por entero de hijos o descendientes»), y regularizar posteriormente la situación al realizar la declaración de la renta.
Saludos.
Buenas noches
Mi situación es la siguiente: divorciada y sin hijos. Que casilla debo marcar?
Gracias
Hola Gema.
La casilla que tienes que marcar en el apartado 1 es la 3 (Situación familiar distinta de las dos anteriores…).
Un saludo.
“Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.”
Hola, gracias por el post
Yo convivo con mi pareja de hecho, no estamos casados, nos hicimos pareja de hecho solo
ella no trabajó el año pasado, puedo poner la opción 2 poniendo su dni?
muchas gracias
Hola Toni.
A efectos del IRPF, las parejas de hecho no se consideran unidad familiar, por lo que no puedes marcar la casilla 2 del apartado 1. Tendrías que marcar la casilla 1 o 3, dependiedo de si tienes o no hijos a cargo.
Un saludo.
Hola, gracias por la respuesta, entonces mi empresa me ha estado retendiendo erroneamente, verdad?
han puesto situación 2 en el 145 y en la nómina
Hola de nuevo Toni.
En principio, la empresa tiene que retener según los datos que le notifica el trabajador a través del modelo 145. Confirma con la empresa si le facilitaste esos datos. De todas formas, preséntales un nuevo modelo 145 con los datos correctos, para que te puedan regularizar las retenciones.
Saludos.
Buenas tardes:
Soy soltero y vivo en casa con mis padres y mis abuelos. Mi abuela tiene una minusvalía del 65 % y una pensión inferior a 8000 € anuales. En base a esto la incluyo en el apartado de «ascendientes» y no marco la casilla de «convivencia con otros descendientes» porque no se va al domicilio de ningún otro hijo en ninguna época del año, ¿no? Es decir, da igual que vivan mis padres también en la casa, esa casilla solo hace referencia a si están a cargo de otro hijo en otro domicilio, ¿no?
Gracias.
Un saludo.
Hola Manuel.
Para poder incluir los datos de tu abuela, tienes que tener en cuenta lo que dice la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en su artículo 61: «…cuando los contribuyentes tengan distinto grado de parentesco con el ascendiente o descendiente, la aplicación del mínimo corresponderá a los de grado más cercano, salvo que éstos no tengan rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros, en cuyo caso corresponderá a los del siguiente grado». Por tanto, si tu madre o tu padre tuvieran derecho a la aplicación del mínimo por ascendiente, tú no podrías incluir los datos de tu abuela en el modelo 145.
Saludos.
Hola buenos días. Gracias de antemano. Soy divorciado con dos hijos menores de 18 años y con régimen de custodia compartida. Que casilla me corresponde?
Hola David.
Al tener la custodia de los hijos compartida, tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1 (siempre que no tengas que marcar la 2, por haberte casado de nuevo y cumplir con los requisitos que se especifican), y rellenar los datos de los hijos en apartado 2.
Saludos.
“Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.”
Hola! Tengo una duda.
Soy soltera,con un hijo de 4 meses, vivo con mi pareja pero no somos pareja de hecho.
Que casilla debo marcar,me han indicado que la número 3,pero en cambio a mi pareja que la 1 y tenemos dudas.
Un saludo
Hola Vanesa.
Al convivir con el otro progenitor, la casilla que tienes que marcar es la 3 en el apartado 1 y después tienes que rellenar los datos de tu hijo en el apartado 2, SIN MARCAR «Cómputo por entero de hijos o descendientes».
Saludos.
Hola! Soy divorciada con dos hijos en custodia compartida y ambos pagamos a una cuenta común gastos para los niños. Entiendo que el apartado 1 es la opción 3 por ser custodia compartida, hay que anotar los 2 hijos (sin imputarlos en exclusiva) pero mi duda está en la pensión de alimentos ¿debo indicar el importe anual a pagar a esa cuenta común o no sería el caso?
Hola Toñi.
En cuanto a los hijos, la situación que señalas es la correcta. La pensión de alimentos solo se especifica si se abona a favor de los hijos según la sentencia de divorcio, pero no son los gastos comunes. Comprueba bien este extremo antes de indicar alguna cuantía.
Un saludo.
Buenas tardes, tengo una hija de 10 años de una relación anterior y siempre me la he computado yo x entero en el modelo 145. En enero del 2019 me casé con otra persona. Actualmente mi empresa me comenta que si marco el apartado 3 no puedo computarme a mi hija por entero. Necesito ayuda. Gracias
Hola Vero.
Si tienes en exclusiva la custodia de tu hija, puedes marcar la casilla de «Cómputo por entero de hijos o descendientes» aunque marques la situación 3, ya que tu cónyuge no puede deducirse a tu hija.
Saludos.
Hola buenas noches! Soy viudo con dos hijos mayores de edad (pero menores de 25) que conviven conmigo. ¿Qué casilla debo marcar? Gracias de antemano
Hola José Andrés.
Según los datos que proporcionas, tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1 y los datos de los hijos en el apartado 2, marcando la casilla de «Cómputo por entero de hijos o descendientes».
Un saludo.
Hola, legalmente soy soltero, pero vivo con mi mujer aunque no estamos casados, tenemos 3 hijos menores y vivimos todos juntos, y así estamos empadronados, mi duda es que casilla tengo que marcar para mi caso, ya que trabajo yo solo, y sé que me tienen que retener el mínimo, pero por marcar la casilla equivocada, más de una vez me han retenido de más. Gracias.
Hola Leonardo.
Al convivir con el otro progenitor, tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1 y los datos de los niños en el apartado 2, SIN MARCAR la casilla «Cómputo por entero de hijos o descencientes», puesto que, como nos dices, convives con la madre.
Esperamos haberte ayudado.
Hola, mi marido está en erte, estamos casados con una niña. Él percibe unos casi 800 euros AL MES. Máximo 1100 NETOS si es que lo sacan del erte . Que opcion debo PONER???
Hola Karina.
La opción correcta es la 3, en el apartado 1, puesto que tu marido va a percibir más de 1500 euros ANUALES. Además, debes rellenar los datos de tu hija en el apartado 2.
Saludos.
Hola deseo saber que casilla es la correcta.
Mi situación es una hija menor de 18 de anterior relacion, la custodia es sólo mía, actualmente estoy casada con otra persona que obtiene ingresos superiores a 1.500.
Hola Laura.
Con tu situación, debes marcar la casilla 1 del apartado 1 y rellenar los datos de la hija en el apartado 2, marcando la casilla «Cómputo por entero de hijos o descendientes».
Saludos.
“Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.”
Buenos días ,,,mi marido percibe una ayuda del SEPE mayores de 52 años , yo estoy de baja por enfermedad soy fija discontinua comedores escolares ,ahora tengo que enviar el formulario 145 a la mutua .
Y quisiera saber qué casilla marcar .
Muy agradecida.
Hola María.
Si tu marido va a percibir a lo largo del año un importe superior a 1500 euros, tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1, firmar el modelo 145 y entregárselo a la mutua.
Recibe un cordial saludo.
Buenas noches, yo estoy divorciado y con dos hijos, pero estos viven con la madre. En relación a mi estado civil, aunque esté divorciado actualmente vivo con una mujer y somos pareja de hecho, información que no se si es relevante, aunque puedo deducir que no pues parece que estos casos no se contemplan, por lo que pienso que en mi situación familiar debería marcar la casilla 1.
En relación a mis hijos, que son menores de edad y sin ningún tipo de discapacidad, deduzco que tan solo especifico en el punto 2 los años de sus nacimientos. Y por último, la cantidad anual en concepto de pensión de alimentos que le paso a la madre por sentencia judicial, debo de indicarla en el apartado 4, en la casilla «Anualidades por alimentos en favor de los hijos».
Por favor, confírmeme que todo lo que le indico es correcto. Muchísimas gracias, y un saludo cordial.
Hola Esteban.
Tienes que tener en cuenta quién tiene la custodia de tus hijos. Si la tiene la madre, no puedes incluirlos en el apartado 2, pero sí puedes indicar la cantidad que pasas a la madre en concepto de pensión compensatoria y a los hijos en concepto de anualidades por alimentos en favor de los hijos (apartado 4). Si esta situación es así, en el apartado 1 tienes que marcar la opción 3.
Un saludo.
Hola! Si hicimos solo pareja de hecho no tenemos hijos, que opcion tengo que marcar?
Hola Ava.
En tu situación, lo correcto es marcar la opción 3 del apartado 1.Las parejas de hecho no tienen la consideración de matrimonio, a efectos fiscales.
Saludos.
Hola! Si el cónyuge no recibe rentas del trabajo pero si ha tenido rendimientos superiores a 1500€ al año por la venta de fondos de inversión, acciones, etc, ¿qué casilla se debe rellenar? Gracias!!
Hola Manuel.
En tu caso, tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1, ya que tu cónyuge supera los rendimientos para poder incluirlo en el modelo 145.
Un saludo.
Buenas tardes, mi situacion es la siguiente: casada, con dos hijos de mi anterior matrimonio de 17 y 21 años que conviven conmigo, no reciben ninguna manutencion por parte de su progenitor, mi actual esposo supera lo de la renta anual.
que casilla debo marcar?
muchas gracias por vuestra contestación, un saludo.
Hola Olga Lucía.
En el apartado 1 tienes que marcar la opción 1 (ya que tienes un hijo que es menor de 18 años) y en la relación de hijos del apartado 2, marcar la casilla «Cómputo por entero de hijos o descendientes». El año en el que tu hijo cumpla los 18 años, tienes que rellenar de nuevo el modelo 145, marcando la situación 3 del apartado 1, dejando el apartado 2 igual.
Un saludo.
Buenos días, gracias por adelantado por vuestra respuesta y ayuda,
Divorciada, con dos hijos menores de edad, custodia compartida y con mensualidad por igual cantidad que ambos progenitores pagan para sufragar los gastos comunes de los niños cada mes. Colegios, seguros médicos, actividades etc. Cantidad establecida en el convenio regulador del divorcio judicial. Mi pregunta es si se debe incluir en el Apartado 4, en concepto de pensión alimenticia la cantidad que cada progenitor pone cada mes. Si el modelo145 es la base para la declaración de la renta, por defecto a ambos nos incluye ya el borrador de hacienda al 50% la deducción por descencientes al tener en el Apartado hijos no marcada la casilla «Cómputo por enteros de hijos» . Muchas gracias
Hola Ana.
Los gastos comunes no se incluyen en el apartado 4 (solo se incluyen las pensiones compensatorias en favor del cónyuge y/o las anualidades por alimentos en favor de los hijos). Al ser la custodia compartida, os corresponde a cada uno el 50% de deducción por descendientes.
Un saludo.
Hola, mi caso es muy diferente a los anteriores.
Yo estoy casada por segunda vez pero hace 4 años no convivimos juntos, tengo dos hijos de mi primer matrimonio, yo tengo la custodia de mis dos hijos, los dos viven conmigo, uno tiene 17 años y el otro 20…..la gestoría de la empresa donde trabajo sabe aún menos que yo, un día me dice que ponga el apartado 1 y al otro día me dice que ponga el apartado 3….pero ninguno de los dos corresponde a mi situación familiar, por favor indicame que casilla debo poner y el cómputo. muchas gracias 😉
Hola Sonia.
Si hemos entendido bien, con respecto a los hijos, solo tú tienes la custodia y uno de ellos es menor de edad. En tal caso, en el apartado 1 marcarías la opción 1 y en la relación de hijos del apartado 2, marcar la casilla «Cómputo por entero de hijos o descendientes). El año en el que tu hijo cumpla los 18 años, tienes que rellenar de nuevo el modelo 145, marcando la situación 3 del apartado 1, dejando el apartado 2 igual.
Esperamos haberte ayudado.
Buenas tardes.
Casado. Tenemos un hijo de 4 años. Mi suegra, pensionista y con grado de minusvalía del 33% vive con nosotros todo el año.
Dudas:
– Puedo incluirla en el modelo 145 para que la retención IRPF sea menor?
– En la declaración de la renta, solamente puedo incluirla si hago declaración conjunta ¿Es correcto?
Hola José Antonio.
No puedes incluir a tu suegra en el modelo 145; podría hacerlo tu cónyuge siempre que se cumplan los requisitos del apartado 3.
En cuanto a la declaración de la renta, este apartado de comentarios solo está para ayudar a cumplimentar el modelo 145.
Saludos.
Buenos días.
Tengo una duda sobre los descendientes. Un hombre casado en segundas nupcias con una mujer que tiene un hijo de otro matrimonio, del cual tiene la custodia exclusiva y que convive con ellos ¿puede declarar al hijo de la pareja como descendiente?
Buenos días Conchi.
En el supuesto que comentas, solo puede incluir el hijo en el modelo 145 la madre.
Un saludo.
Hola si estoy divorciada con custodia compartida i tres hijos menores de 18 años que casilla tengo que marcar gracias
Hola Aida.
Al tener la custodia de los hijos compartida, tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1 y relacionar los hijos en el apartado 2, SIN marcar «Cómputo por entero de hijos o descencientes»
Un saludo.
Hola, muy buenos días,
Tengo que rellenar el documento 145 y no sé que poner en el área de hijos y descendientes, comento mi situación:
Llevo viviendo con mi actual pareja desde hace ya 11 años en el mismo domicilio, al principio no éramos pareja de hecho ni nada oficial, pero desde hace ya 5 años nos casamos y somos marido y mujer.
La cuestión es que ella tiene 2 hijos de otra pareja anterior que viven con nosotros, uno de 16 años y otro de 18 años actualmente, ninguno trabaja ni tiene ingresos, no tienen minusvalías y cuyos gastos pagamos yo y mi mujer; yo solo me he casado con ella y no he tramitado aun ni adopción ni nada oficial hacia ellos.
Comentar que los hijos no tienen relación con la familia del padre ni reciben pensión ni nada por parte del padre, que ya falleció, ni de su familia, y uno lleva el apellido paterno pero el otro ni eso.
Entonces no se si debo ponerlos o no;
También comentar que la madre no paga IRPF en su nomina y eso tampoco lo entiendo, ¿puede deberse a que yo no los pongo?, se que estuvo como mono parental hasta que nos casamos.
Ayúdenme por favor, porque tengo que presentar el documento 145, ya que en el trabajo aun me tienen como soltero después de 5 años que me case y creo que este cambio me favorecerá en ingresos, verdad??
Espero si alguien me pueden orientar y muchas gracias por adelantado.
Hola Alberto.
Los hijos de tu pareja, según el caso que comentas, solo puede incluirlos ella, aunque estéis casados y compartáis los gastos. Por tanto, solo puedes marcar la situación 2 o 3 del apartado 1, dependiedo de los ingresos que tenga tu cónyuge, pero no puedes incluir a los hijos de ella en el apartado 2.
Para saber cómo están calculadas las retenciones de la nómina de tu cónyuge, debe ponerse en contacto con el departamento que confeccione sus nóminas.
Saludos.
José Antonio. Buenas tardes, estoy divorciado legalmente con convenio regulador de mutuo acuerdo. Tengo un hijo menor de edad, paso una pensión de alimentos al niño y tengo un régimen de visitas amplio. La custodia es de la madre aunque yo tengo un régimen de visitas y la mitad del periodo vacacional lo pasa conmigo.
Entiendo que debo de marcar la casilla 3 del apartado 1, no debo de incluir la edad del niño en el apartado 2, y debo indicar la pensión de alimentos en el apartado 4. ¿me podéis confirmar? gracias
Hola José Antonio.
Es correcta la situación que comentas. Tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1 y la pensión de alimentos en el apartado 4.
“Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, así mismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento “
Hola, convivo con mi pareja y mi hija menor de 18 años, pero no estamos casados. Debería marcar la casilla 1 y en el apartado 2 solo poner el año de nacimiento de mi hija? o por el contrario la casilla 3? No está claro lo de convivir con pareja sin estar casados. Muchas gracias!!!
Hola Jorge.
Si convives con el otro progenitor (aunque no estéis casados), tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1 y rellenar el año de nacimiento de tu hija en el apartado 2.
Un saludo.
Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.
Buenas tardes, mi pareja y yo estamos casados y tenemos un hijo de 5 meses, ella es extranjera no recibe ingresos superiores a 1500€, la duda es que tiene NIE y no NIF, debo marcar la casilla 2 y en vez de aportar NIF poner su NIE? Muchas gracias por vuestra ayuda
Hola.
Lo primero, tienes que tener en cuenta que los ingresos para marcar la casilla 2 son anuales. Si no supera los 1500 euros anuales, puedes marcar la casilla 2 del apartado 1, especificando su NIE en el apartado NIF (para Hacienda, en NIE equivale al NIF).
Un saludo.
Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.
Buenos días! voy a rellenar el modelo 145 y me surge una duda…mi situación es la siguiente, yo trabajadora, no obligada hacer declaración de renta, mi marido tiene una discapacidad del 33%, recibe una pensión por incapacidad permanente absoluta ( mínima ), también trabaja en una empresa en la cual no le retienen nada pero si supera los 1500 euros año, que casilla tendría que marcar la 2 o la 3? mi duda viene por la coletilla .. excluidas las exentas. Yo entiendo que esas rendimientos de trabajo suyos están exentos según la ley de irpf (rentas exentas) pero no se, podriais ayudarme?
Hola Verónica.
La parte de la pensión, según lo que indicas, son rentas exentas, pero la parte del trabajo no lo estaría, por lo que entendemos que la casilla correcta del apartado 1 es la 3, al superar lo que cobra en la empresa los 1500 euros anuales.
Saludos.
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Hola buenas!! Estoy soltero y tengo un hijo recién nacido y vivo con mi pareja ¿qué casilla debería de marcar en el modelo 145?
Hola Toni.
Si convives con el otro progenitor, tienes que marcar la casilla 3, del apartado 1 y especificar el año de nacimiento de tu hijo en el apartado 2.
Un saludo.
Casado, mi cónyuge cobra subsidio de 450€ (se le terminó el paro). ¿Marco casilla numero 2 donde indica «casado cuyo cónyuge no obtiene rentas superiores a 1500€anueles, excluidas las exentas? ¿Me podeis informar?
Gracais y saludos
Hola Manuel.
Si prevés que tu cónyuge va a percibir más de 1500 euros durante este año (con cuatro meses ya los supera), no debes marcar la casilla 2. Lo correcto sería marcar la casilla 3.
Saludos.
Hola, soy divorciado, custodia compartida. dos hijos de 11 y 9 años. Y compartimos gastos.
Casilla 3 en el 1?
Simplemente años de nacimiento en el 2?
Suma de todas las mensualidades del año en el 4?
Muchísimas gracias
Hola Guillermo.
Como bien dices, en el apartado 1 marcas la casilla 3, los años de nacimiento de los dos hijos en el apartado 2, pero en el apartado 4 solo puedes incluir las cantidades establecidas por resolución judicial que correspondan a esos casos específicos (pensión compensatoria a favor del cónyuge y/o anualidades por alimentos en favor de los hijos).
Saludos.
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Buenos días,
Mi situación es la siguiente, tengo un hijo de 14 años de una relacion anterior, siempre a vivido conmigo, el padre no se hizo cargo de el nunca y a parte el padre falleció el año pasado, (no estábamos ni casados, ni nada….) . A parte tengo una niña de 10 meses con mi actual pareja, vivimos todos juntos y en Junio tenemos fecha para casarnos por el juzgado. yo en el modelo 145 de este año, marque la casilla 3 y en el apartado 2 rellene el año de nacimiento de mis dos hijos, marcando que Cómputo por entero de hijos o descencientes por el mayor….es correcto, estaría bien o tengo que marcar del apartado 1 la casilla 1?? es que este mes en la nomina me han retenido mucho de IRPF.
Muchísimas gracias por vuestra ayuda.
Saludos.
Hola.
Lo correcto es marcar la casilla 1 del apartado 1 (ya que tienes un hijo menor de 18 años que convive exclusivamente contigo) y en el apartado dos rellenas los años de nacimientos de los dos hijos, pero en el de 14 años marcas «Cómputo por entero de hijos o descendientes».
Saludos.
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Hola buenas tardes mi situación es la siguiente:
divorciado con la custodia de un hijo que trabaja y nacido en 2001
Custodia compartida de mi otro hijo nacido en 2006
Inscrito como pareja de hecho con mi actual pareja sin hijos en común
Pagando actualmente el 50% de una hipoteca,donde reside mi ex mujer,con derecho a desgrabación
¿que tendría que marcar?
Hola Miguel.
En el apartado 1 tienes que marcar la casilla 3. Con respecto al hijo nacido en 2001, podrías incluirlo en el apartado 2, marcando «Cómputo por entero de hijos o descendientes», siempre que no tenga rentas anuales superiores a 8.000 euros. Con respecto al otro hijo, lo puedes incluir también en el apartado 2, teniendo en cuenta el mismo límite de rentas anuales (si las percibiera). Si tienes una hipoteca por la que te puedes desgravar y cumples el requisito de tener rendimientos de trabajo inferiores a 33.007,20 euros anuales, podrías marcar la casilla del apartado 5.
Un saludo.
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Buenos días, compre mi casa con mi expareja antes de 2013, terminándose de pagar la casa estando aún casados, la propiedad era al 50%. He comprado su 50% en 2021. ¿Podría deducir algo?
Por otro lado, tengo una custodia compartida, además de la citada hipoteca. Sueldo bruto 18600, y me retienen un
Hola Ana.
Esta sección solo está para resolver dudas sobre la cumplimentación del modelo 145. Con lo que nos dices, tendrías que marcar la casilla 3 del apartado 1 y rellenar la fecha de nacimiento del hijo con custodia compartida. Para el tema referente a la deducción de la hipoteca, tendrías que solicitarnos cita presencial.
Gracias por comentar con nosotros.
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Hola, vivo en un hogar con mi pareja (pareja de echo oficial) y nuestra hija de 2 años. En mi nueva empresa me hicieron marcar la casilla número 3 y yo no estoy de acuerdo. Qué pasará si no me corresponde? En qué me perjudicaría? Gracias.
Hola Raquel.
Con la situación que comentas, es correcto marcar la casilla 3, puesto que convives con el otro progenitor de vuestra hija.
Saludos.
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Buenos días, cómo debo rellenar el modelo 145? Tengo un hijo menos de 18 años de mi anterior matrimonio del cual tengo la custodia por completo. Y ahora me caso con mi pareja actual y tenemos un hijo en común. Casilla 2 de casada y un hijo con cómputo total y otro hijo computa 50% con mi marido actual?? Gracias
Hola Tatiana.
En el apartado 1, debes marcar la casilla 3. En el apartado 2, rellena los años de nacimiento de los hijos, y en el que está a tu exclusivo cargo, marca la casilla «Cómputo por entero de hijos o descendientes».
Saludos.
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Silueta con una hija, vivo con mi pareja pero no estoy casada no pareja de hecho, en el modelo 145 que debo marcar?
Hola Lidia.
Al convivir con el otro progenitor, tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1, y rellenar el año de nacimiento en el apartado 2.
Saludos.
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Buenos días,
Mi pareja y yo tenemos un hijo de 2 meses. Convivimos en la misma casa los 3 pero no estamos casados, Qué casilla debería rellenar?
Hola Gabriel.
Al convivir con el otro progenitor, tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1, y rellenar el año de nacimiento en el apartado 2.
Un saludo.
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Buenos días .
Soy pareja de hecho y convivimos en la misma casa el hijo de mi pareja de una relacion anterior y nuestra hija en comun.
Que casilla e información adicional debo marcar ?
Hola Antonio José.
Tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1 y rellenar el año de nacimiento de la hija que tenéis en común en el apartado 2.
Un saludo.
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Hola buenas tardes he tenido un hijo y el padre y yo no estamos casados que opción tendría que marcar para poder poner a mi niño pondría la 1?y luego no pondría cómputo entero o como espero respuesta muchas gracias
Hola Sandra.
Si existe convivencia con el padre, tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1 y en el apartado 2 solo tienes que poner la fecha de nacimiento del hijo, sin marcar cómputo por entero.
Recibe un saludo.
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Hola
Tengo dos hijos que no conviven conmigo y su madre tiene la custodia. ¿Les debo de quitar del apartado 2, aunque ponga las anualidades por sentencia judicial por alimentos que les paso?.
Las dudas que me surgen son que le he pedido a mi empresa que me deje las retenciones mínimas que hasta ahora me estaba haciendo, pero no sé si con este nuevo escenario, cobraré menos por retenerme más.
Añado
El régimen de visitas según sentencia judicial es libre, nos vemos cuando queremos y pasamos vacaciones juntos, creo que sería la opción 3. Edades 16 y 20 pero dependen por completo de sus padres, ¿les podría poner en el apartado 2?, ¿podría además añadir las anualidades por alimentos en el apartado 4?
(No cobró anualmente como para hacer obligatoriamente la declaración y el modelo 145 me piden firmarlo la empresa ahora, cuando no vivo con mis hijos desde el 2019…no lo entiendo)
Hola José.
Si la madre tiene la custodia de los hijos y tú les pasas anualidades por alimentos, tienes que quitar a los hijos del apartado 2 y especificar el importe de las anualidades en el apartado 4. En cuanto al régimen de visitas no afecta a lo comentado anteriormente. Lógicamente, la retención puede variar al cambiar esa situación, pero no podemos decirte si va a ser a la baja o al alza, ya que depende de múltiples factores.
Ten en cuenta que es el trabajador el que está obligado a notificar a la empresa las variaciones que se produzcan en su situación familiar y que puedan suponer una modificación en las retenciones de las nóminas, facilitando a la empresa el modelo 145 con la nueva situación. Tenlo en cuenta para futuras ocasiones.
Saludos.
Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.
Hola, tengo la gran duda y buscando en los comentarios anteriores no veo algo similar a mi caso. Mi pareja y yo vivimos juntos (no estamos casados, ni somos pareja de hecho), hemos tenido un bebé este año. Yo trabajo, ella no trabaja y tampoco pudo acogerse a una baja maternal, por lo que no tiene ingresos. ¿Qué apartado debo de rellenar?
Hola Joannem.
Por lo que dices, convivís ambos progenitores juntos, por lo que la opción correcta del apartado 1 es la 3 (la 2 no puede ser, porque no estáis casados). Tienes que detallar también el año de nacimiento de vuestro bebé en el apartado 2.
Saludos.
Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.
Muchas gracias Asesoria Pereña!
Hola.
Mi madre ha cumplido 65 años convive conmigo todo el año y NO tiene ninguna minusvalia.
Qué debo colocar en el 3 er apartado
“3º ASCENDIENTES MAYORES DE 65 AÑOS.”
Gracias
Hola Javier.
En el caso que nos planteas, si tu madre no tiene rentas superiores a 8.000€ anuales, sí la podrías incluir en el apartado 3, detallando el año de nacimiento.
Si, por lo contratio, obtiene rentas superiores a 8.000€ no la podrías incluir.
Un saludo.
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Hola tengo que rellenar el formulario 145 y mi mujer no está trabajando ni cobrando el paro, pero en un mes o dos comenzará a trabajar y seguro que ganará más de 1500 € al año que opción tengo que poner la 2 o la 3
Hola Javier.
Si prevés que tu mujer va a percibir más de 1.500 euros anuales, tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1. Ten en cuenta que si varían las circunstancias, tienes que reflejar esos cambios con la presentación de un nuevo modelo 145.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
“Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.”
Hola!! Mi caso es que paso de estar por ETT a empresa y tengo 2 hijos 17 y 22 años soy soltera pero vivo con el padre de mis hijos dudo en marcar la casilla 1 o la 3
Hola Mariluz.
Al convivir con el padre, la opción correcta es la casilla 3 del apartado 1, detallando el año de nacimiento de los hijos en el apartado 2.
Saludos.
Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.
Hola, casado(mi mujer con rentas superiores a 1500) y con hijos de 9 meses y 4 años viviendo todos en la misma casa.
En la situación familiar debería marcar la casilla 3 verdad?
En hijos y otros descendientes, solo debería marcar la edad de mis hijos y con esto ya me aplicarían la deducción por hijos?
Hola Asier.
Gracias por contactar con nosotros.
Tal y como indicas, en el apartado 1 tienes que marcar la casilla 3 y en el apartado 2 solo tienes que especificar el año de nacimiento de los hijos (y discapacidad, si fuera el caso), para que te apliquen el porcentaje de retención que te corresponda.
Saludos.
Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.
Buenas noches, estuve leyendo y por lo que veo si mi tío convive conmigo tiene 64 años una discapacidad del 85% y la dependencia del grado 3, no tengo ninguna opción de desgravar nada en hacienda?
Convive conmigo y soy su cuidador no profesional desde hace unos 8 años.
Hola Salvador.
Efectivamente, para tener derecho a la deducción por ascendientes, estos tienen que estar unidos al contribuyente en línea recta por consanguinidad o adopción, y los tíos están unidos por vínculo de parentesco en línea colateral, por lo que no puedes aplicarte el mínimo por ascendientes, ni incluirlo en el modelo 145.
Saludos.
Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.
Somos pareja de hecho (ella gana más de 1500€ anuales) con una hija menor en común que vive con nosotros y sin discapacidad. Tampoco tengo mayores a cargo. Cómo debo de rellenar el 145?
Hola Alberto.
La pareja de hecho no se considera unidad familiar a los efectos de la Declaración de la Renta, por lo que no puedes tener en cuenta a tu pareja a la hora de rellenar el modelo 145. Por tanto, tienes que marcar la situación 3 en el apartado 1 y rellenar el año del nacimiento de la hija que tenéis en común.
Saludos.
Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.
Hola.
Tengo que rellenar el 145 y tengo dudas al respecto de la situación que debo marcar.
Mi caso es el siguiente
Soltero, con hija menor de 18, no convivo con la progenitora y tenemos custodia compartida por sentencia judicial. Al mismo tiempo, la sentencia, aun estableciendo custodia compartida, establece tambien que debo abonar pensión de alimentos al tener ingresos superiores a los de la progenitora.
Entiendo que siendo soltero, sin convivencia con el otro progenitor, y con custodia compartida debo marcar situación 3, en el apartado 2 poner el año de nacimiento de la niña y en el 4 reflejar las anualidades establecidas por sentencia. Es correcto?
Muchas gracias
Hola Antonio.
La normativa del Impuesto sobre la Renta establece que el progenitor o progenitores que tengan la guarda y custodia de los hijos podrán aplicarse el mínimo por descendientes, por ser las personas con la que los descendientes conviven, y no podrán aplicar las especialidades aplicables en los supuestos de anualidades por alimentos a favor de los hijos recogidas en los artículos 64 y 75 de la Ley del IRPF. Por tanto, en tu caso, solo puedes reflejar los datos de tu hija en el apartado 2, sin rellenar dato alguno en el apartado 4.
Esperamos haberte servido de ayuda.
Un saludo.
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Buenas tardes, acabe el año pasado de pagar la hipoteca y en la empresa me piden este modelo, que casilla tengo que marcar para que la empresa que de enterada. Muchas gracias
Un Saludo.
Hola Alberto.
Si ya no tienes derecho a deducirte por la vivienda habitual, tienes que entregar el modelo 145 SIN MARCAR el apartado 5, además de rellenar, en el resto de apartados, los datos correspondientes.
Saludos.
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Hola,
Estoy soltero. Tengo una hija con mi pareja, la cual nació en 2022. Mi pareja tiene ingresos superiores a 1.500€/año. ¿Qué opción tengo que marcar?
Hola Iván.
Si convivís juntos, tienes que marcar la opción 3 del apartado 1 y rellenar los datos de la hija en el apartado 2.
Saludos.
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hola, tengo que rellenar el modelo 145. Tengo 3 hijos
9 meses, con dni español
6 años, con pasaporte peruano (nacio alli)
12 años, con pasaporte peruano (nacio alli)
solo debo incluir al menor con dni y los otros 2 no?
Hola Javi.
Si los hijos conviven contigo y dependen económicamente de ti, puedes incluir a los tres hijos en el modelo 145.
Saludos.
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Soltera,dos hijos menores y convivo con el padre.Que situación es?
Hola Andrea.
Tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1 (puesto que convivís juntos), y, en el apartado 2, tienes que rellenar los datos de los dos hijos.
Un saludo.
Buenos días,
En mi sentencia de divorcio consta que la guarda es para mí (madre), con responsabilidad parental compartida. Mis hijos rebiben una pensión mensual alimenticia y visitas por parte de su padre. Qué casilla debo marcar del modelo 145? Gracias
Hola Irene.
Tu caso es peculiar, porque no tenéis la custodia de los hijos compartida. Como el padre está pasando anualidades por alimentos, puede optar por la aplicación del mínimo por descendientes prorrateado por partes iguales, al sostenerles económicamente, o por la aplicación del tratamiento previsto por la Ley del Impuesto para las referidas anualidades por alimentos. Dependiendo de la opción que elija, y que queda a su elección, tendrás que marcar unas opciones u otras. Sería necesario saberlo para poder indicarte cuáles son las casillas correctas.
***Corregimos***: la resolución del TEAC de 29 de mayo de 2023, dictada en unificación de criterio, ha establecido que el progenitor que satisfaga anualidades por alimentos en favor de los hijos y que no tenga atribuida la guarda y custodia de éstos, ni siquiera de forma compartida, aplicará el régimen previsto para las anualidades por alimentos, sin que pueda optar por el mínimo por descendientes.
Por tanto, si los hijos son menores de edad, tendrás que marcar la casilla 1 del apartado 1, y rellenar los datos de los hijos en el apartado 2, marcando también la casilla «Cómputo por entero de hijos o descendientes».
Saludos.
“Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.”
Hola Asesoría Pereña, muchas gracias por el artículo y explicaciones.
En mi caso estoy recientemente casado, y mi esposa vive y trabaja actualmente en Países Bajos, no percibe renta en España sino en ese país. Mientras yo trabajo y percibo renta en España.
En este caso me toca marcar la casilla de que ella no percibe rentas mayores a 1500€ anuales? Saludos y gracias de Antemano.
Hola Omar.
El caso que planteas, al percibir tu esposa rendimientos superiores a 1500 euros anuales (independientemente de donde provengan), tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1.
Saludos y gracias por comentar.
Buenos días.
Estoy soltera y sin hijos. Vivo con mis padres y actualmente ambos están enfermos con una minusvalía concedida, pero los dos perciben una renta anual superior de 8.000. ¿Debería cumplimentar esa parte o ignorarla?
Hola Marta.
Si tus padres perciben rentas anuales superiores a 8.000 euros, no debes cumplimentar esos apartados.
Saludos.
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Buenas, tengo una duda tengo que rellenar modelo 145 tengo dos hijos menos de 18 años convivo solo con ellos su padre les recoge un fin de semana alternos según el convenio regulador que tengo ese es el regimen de visitas que casilla debo de marcar
Hola Pilar.
Si tienes la custodia de los hijos, marca la casilla 1 del apartado 1. Además, en los datos de los hijos del apartado 2, también tienes que marcar la casilla «Cómputo por entero de hijos o descendientes».
Un saludo.
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Buenos días. Divorciado con dos hijos de 18 y 11 años, mi hijo mayor no trabaja, ambos estudian, la custodia la tiene la madre, yo con régimen de visitas. Paso pensión alimenticia mensual. Estoy en la duda sobre la casilla a marcar de la situación familiar.
Gracias.
Hola Roberto.
Si la custodia la tiene la madre, tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1, y puedes especificar la pensión alimenticia anual a favor de los hijos en el apartado 4.
Un saludo.
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Buenos días , si no quiero declarar mi situación familiar , solo tendría que marcar el punto 1 apartado 3 y firmar la declaración??
Tengo hijos con discapacidad y movilidad reducida . Pero no quisiera ponerlos
Hola Luis.
Si no quieres declarar tu situación familiar, debes marcar la casilla 3 del apartado 1, y no especificar ningún dato más. En la declaración de la renta podrás regularizar posteriormente tu situación.
Saludos.
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Buenos días;
les quería hacer una consulta sobre la declaración de la renta. Mi pareja y yo tenemos la PAREJA DE HECHO (sin casarnos oficialmente). No tenemos hijos y ella gana menos de 1500€/año. Qué situación tendría que marcar en el modelo 145? y tendría menos retención de IRPF en mi nómina?
Gracias de antemano y un saludo
Hola Iván.
Las parejas de hecho no están equiparadas al matrimonio, a efectos de la declaración de la renta, por lo que no puedes tener en cuenta a tu pareja a la hora de rellenar el modelo 145. Por tanto, tendrás que marcar la casilla 3 del apartado 1.
Saludos.
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Hola!
Mi situación es la siguiente: mi pareja y yo no estamos casados ni somos pareja de hecho y tenemos un hijo menor de 18 años. Entiendo que al convivir juntos la casilla que yo debería marcar es la 3 ya que la 1solo debe marcarse cuando tu hijo vive en exclusiva contigo.
La duda viene aqui: mi pareja es autónomo solo, no tiene trabajadores a su cargo, y cuando el hace la declaración de la renta no mete a nuestro hijo porque su gestoría y quien le lleva los papeles dice que él de IRPF no paga nada porque entre otras cosas está amortizando una licencia, y no es en este caso interesante poner a nuestro hijo, al 50% o lo que pudiera desgravarse por él porque no va a poder desgravarse nada… y que en ese caso lo hago yo como el 100% que en global nos es más interesante.
En ese caso puedo marcar la casilla 1, puesto que mi pareja no está incluyendo a nuestro hijo? Como si viviera en exclusiva conmigo o no es correcto? O la declaración y este modelo del IRPF no tiene nada que ver con lo que he contado anteriormente?
Muchas Gracias. Un saludo.
Hola Sandra.
La situación que estás proponiendo para rellenar el modelo 145, es la correcta (casilla 3 del apartado 1). A efectos de la declaración de la renta, cada progenitor puede deducirse el 50% de cada hijo (independientemente de si el otro se lo deduce o no). Ten en cuenta la normativa de la declaración de la renta, a estos efectos.
Saludos.
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Hola, tengo un par de dudas sobre el modelo 145. L primera es que estoy divorciada y mis hijas mayores de edad , pero menores de 25 ( una con minuvalia sup al 33 )viven con su padre, Por tanto creo que he de marcar la opcion 3 , pero no se si deben incluirse en el punto 2 ( hijo y otros)?
Y la segunda duda, es que estoy pagando junto con mi exmarido una hipoteca del piso que viven él y mis hijas, y no se si debo añadirlo en el punto 5. Gracias
Hola Mónica.
En el apartado 1 debes marcar la casilla 3, puesto que las hijas no conviven contigo. Si pasas anualidades por alimentos, fijadas por resolución judicial, podrás especificarlas en el apartado 4.
En cuanto a la deducción por la hipoteca, tienes que comprobar si cumples los requisitos para su deducción, antes de marcar la casilla correspondiente del apartado 5.
Te aconsejamos que consultes todas estas dudas con tu asesor fiscal.
Saludos.
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Hola qué tal, estoy con pareja de hecho y con una niña recién nacida que debo marca en el apartado 1? Gracias.
Hola Alberto.
En el supuesto que planteas, tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1, además de los datos de la niña, en el apartado 2.
Saludos.
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Buenos días,
En mi caso soy divorciada. Y con mi actual pareja con la que convivo, tenemos un niño en común de 3 años. Según he leído algunas dudas, que al convivir con el otro progenitor del hijo que se tiene en común, se marca la casilla 3.
Espero su respuesta.
Muchas gracias.
Un saludo.
Hola Sonia.
Como bien dices, en caso de convivir los progenitores con los hijos comunes, tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1, e incluir los datos del niño en el apartado 2.
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Estoy casado, tengo 2 hijos y mi mujer cobra una pension no contributiva por discapacidad.
Que casilla tengo que marcar.
Hola David.
En el apartado 1 tienes que marcar la casilla 3, siempre que tu mujer cobre más de 1500,00 euros anuales. En cuanto a los hijos, dependiendo de la edad, discapacidad (en su caso) y nivel de rentas anuales, podrías relacionarlos en el apartado 2.
Saludos.
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Hola buenos días,
Soy soltero nunca casado con tres hijos , la guardia y custodia la tiene la madre y paso una manutención alimenticia mensual y cada 15 días los fines de semana mis hijos están conmigo.
1- de 18 años y 2 de 12 años
Mi pregunta es
Que casilla debo marcar en el modelo 145.
Estado mirando y si no me equivoco debo marcar la casilla 3 del apartado 1 y en el apartado 4 debo poner donde dice Anualidades por alimentos en favor de los hijos.
O. Pensión compensatoria en favor del cónyuge ( esa es mi duda )
Hola Galo.
La situación que propones es correcta: casilla 3, del apartado 1 y el importe de las anualidades por alimentos a favor de los hijos en el apartado 4. Si pasas pensión compensatoria a favor del cónyuge (tiene que estar especificado así en la resolución judicial), también puedes incluirlo en el apartado 4.
Un saludo.
“Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.”
Buenos días;
He leído los comentarios anteriores y ninguna situación como la mía.
Soltero, con dos hijos menores de 18 años. No convivo con otro progenitor (estamos censados en distinto domicilio), pero si me hago cargo económicamente de los niños (sin ningún tipo de sentencia ni nada por el estilo). ¿Qué casilla debería marcar?
Gracias.
Hola Óscar.
Tu caso es particular, porque para que puedas incluir a tus hijos dentro del modelo 145, y por tanto poder aplicarte el mínimo por descendientes en la declaración de la renta, tienes que acreditar la dependencia económica real y necesaria de tus hijos respecto de ti. Así que deberás justificar tanto la existencia y periodicidad de los pagos efectuados, como los gastos a los que se destinan (alimentación, gastos en medicinas, ropa…). Te aconsejamos que consultes con un asesor fiscal este extremo, ya que puede ser conflictivo.
Un saludo.
“Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.”
Hola buenas tardes,
Tengo una niña de 15 años.
Tengo la guardia y custodia de mi hija y recibo una manutención mensual.
Tengo un piso en alquiler desde el 2011 .
Quería saber en qué apartado y casilla tengo que poner lo de mi hija en el modelo 145 IRPF, y lo del piso no sé si lo tengo que poner y en qué apartado y casilla sería en el modelo 145.
Muchas gracias.
Hola Yadira.
Al ser la hija menor de edad, tienes que marcar la casilla 1 del apartado 1. Además, en el apartado 2, en los datos del descendiente también tienes que marcar la casilla «Cómputo por entero de hijos o descendientes».
En cuanto al alquiler, no se tiene en cuenta para el modelo 145.
Saludos.
“Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.”
hola,
Me case en 2023 y mi marido trabaja, no tengo hijos. que casilla debo marcar
Hola Esther.
Según lo que comentas, la casilla correcta es la 3 del apartado 1.
Saludos.
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Hola soy Javier tengo un hijo de 9 años , estoy divorciado judicialmente, le paso pensión todos los meses al niño, la madre tiene la guardia y custodia, en mi caso no sería la casilla 1 por ser divorciado con hijos menores de 18 años? Me estoy haciendo un lío ya que leo que la convivencia refiere a patria potestad prorrogada o rehabilitada que no es mi caso pero si el primero, es así?
Hola Javier.
Si la guardia y custodia la tiene la madre, en el apartado 1 tienes que marcar la casilla 3. Si le pasas anualidades por alimentos a tu hijo y están establecidas judicialmente, puedes indicar su importe anual en la casilla correspondiente del apartado 4.
Un saludo.
“Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.”
mi esposo tiene un grado de discapacidad del 37%, en que apartado debería indicarlo del modelo 145.
¿En el 2 o 3?
Hola Mariana.
La discapacidad del cónyuge no se refleja en ningún apartado del modelo 145. Solo se tienen en cuenta los ingresos del cónyuge para marcar la casilla 2 o 3 del apartado 1.
Un saludo.
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Hola buenos dias, Mi marido tiene una empresa en la cual trabajo como socia, percibimos mas de 1.500 y tengo 2 hijos uno de 24 años y otro de 28 el primero estudia y el otro ayuda de vez en cuando y hace sus trabajos particularmente como podria rellenar el modelo 145.
Muchas gracias por su ayuda
Hola Sonia.
En tu caso, debes marcar la casilla 3 del apartado 1 y, en la relación de hijos y descendientes, solo puedes incluir los datos de aquellos que sean menores de 25 años (o mayores de dicha edad si son discapacitados), cuyas rentas anuales no superen los 8.000 euros.
Saludos.
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Hola, gracias espero puedas ayudarme, estaré muy agradecido , en el apartado 1 si mi esposa no está trabajando, pero en un futuro pudiera trabajar que número debería rellenar?
En el apartado dos tengo una hija de 8 años y no tiene ninguna discapacidad, tendría que rellenar solo los datos de fecha de nacimiento? Muchas gracias.
Hola Hugo.
Si tu cónyuge va a percibir más de 1500 euros a lo largo del año natural, tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1. En cuanto a la hija, como bien dices, solo tienes que rellenar el año de nacimiento.
Saludos.
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Hola buenas tardes..soy divorciada aunque en mi caso después me hice pareja de hecho..tengo un hijo mayor de 20 años con el cual cuando me divorcie me dieron a mí la custodia actualmente ha empezado a trabajar y se ha querido independizar que casilla debo marcar
Hola Mariví.
Si tu hijo ya no cumple los requisitos para poder incluirlo en el apartado 2 (tiene rentas anuales superiores a 8.000 euros), debes marcar solo la casilla 3 del apartado 1 y dejar en blanco los datos que se refieren a tu hijo.
Un saludo.
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Hola, buenos días!!
Me podrían indicar y confirmar, por favor, que casilla tendría que marcar en el Mod.145 en el apartado de situación familiar siendo ésta la siguiente:
Divorciado legalmente, con hija menor de 18 años, la custodia de la niña es de la madre, paso pensión de alimentos de 200€/mensuales según acuerdo judicial, pago hipoteca desde el año 1998 de la vivienda donde residen mi hija y mi ex-mujer, vivo de alquiler en un piso pagando una renta de 500€. Les agradecería muchísimo la aclaración que les planteo. Un cordial saludo.
Hola Juan Antonio.
En tu caso, puedes indicar, en el apartado 4, la pensión de alimentos anual establecida según el acuerdo judicial.
En cuanto a la hipoteca, tienes que confirmar si cumples los requisitos para poder deducírtela. Si fuera así, puedes marcar la casilla correspondiente del apartado 5.
El alquiler no se tiene en cuenta para este modelo.
Saludos.
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Buenas, tengo una vivienda sin hipoteca y la compramos antes del 2013¿No debo marcar la casilla 5,verdad? Gracias
Hola María Jesús.
Efectivamente, si no hay hipoteca que te puedas deducir, no debes marcar la casilla del apartado 5.
Un saludo.
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Hola tengo dos niños menores y , de los cuales tengo la guardia y custodia, estoy divorciada del padre. Pero me he vuelto a casar. Que tendría que marcar?
Es correcto casilla 3 apartado 1 y computo por entero de mis hijos en el apartado 2???
Hola Blanca.
Si tienes la guardia y custodia de los hijos y son menores de edad, en el apartado 1 tienes que marcar la casilla 1 (no la 3) y en el apartado 2 rellenas los datos de los hijos, marcando la casilla «Cómputo por entero de hijos o descendientes».
Saludos.
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Buenos días, mi mujer no ingresaba más de 1500€ al año y yo marcaba la casilla 2 en mi 145, pero ahora ella ha heredado un local y lo alquila por más de 1500€ al año ¿Aunque sean del alquiler y no rendimientos del trabajo, esos ingresos hacen que tenga que marcar la casilla 3?
Hola Jaime.
Esos 1500 euros anuales no se refieren solo a rendimientos del trabajo. Los rendimientos derivados del alquiler de un local también se tienen en cuenta para marcar o no la casilla 2 del apartado 1. Según lo que comentas, ahora debes marcar la casilla 3 del apartado 1.
Saludos.
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buenas tardes….estoy de pareja de hecho y tenemos una hija en comun, tengo marcada la opcion 3, pero me surgen dudas…..i puede aclararmelo por favor….gracias
Hola Moisés.
Si los dos progenitores convivís juntos, está bien marcada la casilla 3 del apartado 1.
Un saludo.
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Buenos días, adquirí un piso con hipoteca en el año 2011. Éste lleva dos años alquilado pero la suma de mis ingresos tanto por nómina como por beneficio de arrendamiento no superan los 33.000€ anuales. Aunque no esté viviendo allí puedo marcar el punto 5 del modelo 145?
Hola Juanfran.
El apartado 5 se refiere a la deducción a la que uno tiene derecho en el IRPF por adquirir o rehabilitar la vivienda habitual con financiación ajena. Si tienes el piso alquilado, significa que no es tu vivienda habitual, por lo que no procede marcar esa casilla, independientemente de los ingresos que obtengas.
Saludos.
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Buenos días, he retornado a España tras varios años trabajando fuera. Yo comenzare mi trabajo en Julio, pero mi marido (ingles) dejo su trabajo para trasladarse conmigo. Estamos esperando que le hagan residente. Tengo dos preguntas.
– De momento no trabaja, y solo tiene como ingresos algo de intereses de una cuenta de ahorros. Si estos intereses pasaran los 1.500E anuales me correspondería marcar la casilla 3.
– Si los intereses fueran menos de 1.500E (y me correspondiera la casilla 2), como aún no tiene tarjeta de residente, tendría que identificarlo con su número de pasaporte.
Muchas gracias de antemano.
Hola Beatriz.
En principio, con los datos que facilitas, es correcta tu interpretación.
Saludos.
“Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.”
Hola, vivo con el papa de mi hija menor de 18 años. (No estamos casados) (ni firmamos pareja de hecho) de manera que mi estado civil es soltera. el trabaja pero gana menos de 500€ mensuales. Que opcion debo marcar? muchas gracias
Hola Deiny.
En tu situación, tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1, y especificar los datos de la hija en el apartado 2. Los datos del padre no se tienen en cuenta, ya que no estáis casados, pero sí influye que estéis conviviendo juntos.
Saludos.
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Buenos dias,
Tengo un poco de lio con mi situacion: Soy Viuda y tengo dos hijos que conviven conmigo exclusivamente uno de 18 años y otro de 15. Tuve otra pareja (no me case ni me hice pareja de hecho) y tuve otro hijo con una discapacidad del 40% y tiene 4 años. De esta ultima pareja estoy separada y le estoy pasando una pensión de 200 euros (no tengo la custodia, es de ella) que casilla tengo que marcar? nose si la 1 o la 3
Hola.
La situación que comentas es peculiar, por lo que hay que tratarla con cuidado.
Respecto del hijo que tienes con discapacidad, del que no tienes la custodia, lo único que puedes reflejar es la pensión anual que le pasas a tu expareja o a tu hijo, en el apartado 4 (dependiendo si es pensión compensatoria a tu expareja o anualidades por alimentos para tu hijo).
Con respecto a los otros dos hijos, al estar a tu exclusivo cargo y ser uno menor de 18 años, tienes que marcar la casilla 1 del apartado 1, y en el apartado 2 tienes que rellenar los datos de los dos hijos, marcando, en el caso del menor de 18 años, la última casilla («Cómputo por entero de hijos o descendientes«).
Esperamos haberte ayudado.
Saludos.
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Casado con mujer croata, intento poner su numero de identification de su pais (Croacia) y no se permite. Como podria incluirla en el modelo 145?
Hola Ángel.
La Agencia Tributaria tiene que tener identificado a tu cónyuge, por lo que debes indicar el documento con el que conste en Hacienda (lo normal, el NIE).
Un saludo.
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Si mi pareja aún no tiene NIE, que tengo que poner en el caso de la situación 2?
Hola Alessandra.
La Agencia Tributaria tiene que tener identificado a tu cónyuge (las parejas de hecho no son unidades familiares, así que no se pueden reflejar en el modelo 145), por lo que debes indicar el documento con el que conste allí.
Un saludo.
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Hola buenas noches quisiera saber que situación tengo en el modelo 145 madre soltera trabajadora con hijo de 12 años ,con hijo reconocido y pensión alimenticia impuesta por un juez ,con régimen de visitas de fines de semana y vacaciones a medías,pero la guardia y custodia es mía.
Hola Ana.
Con la situación que comentas, debes marcar la casilla 1 del apartado 1 y, en los datos del hijo (apartado 2), rellenar los datos marcando la última casilla: «Cómputo por entero de hijos o descendientes«.
Saludos.
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Buenas tardes,
Soy tutor legal de un hermano de 38 años, con una discapacidad mayor o igual de 65% y que recibe rentas de mas de 8.000€ anuales. ¿Habria que hacer alguna modificacion en el modelo 145 pasando en el punto numero 1 de situacion 3, soltero, sin hijos… a situacion 1? Muchas gracias por adelantado.
Hola Jaime.
La norma dice que, para incluir a los hijos o descendientes (o asimilados a estos efectos) en el modelo 145, estos no deben obtener rentas anuales superiores a 8.000,00 euros, por lo que, según los datos que aportas, no sería correcto incluir a tu hermano en este modelo, ya que, para poder pasar de la situación 3 a la situación 1 en el primer apartado, hay que rellenar, obligatoriamente, algún descendiente en el apartado 2, lo que en este supuesto no procede.
Saludos.
“Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.”
Buenos días , me gustaría saber qué casilla rellenar cuando uno está divorciado con un hijo pero la custodia la tiene el cónyuge y yo con visitas entre semanas y pensión alimenticia
Hola Alberto.
En tu situación, la casilla correcta en el apartado 1 es la 3, sin rellenar datos del hijo en el apartado 2, ya que, como dices, la custodia la tiene el excónyuge. Eso sí, la pensión anual alimenticia puedes especificarla en el apartado 4, si se ha fijado por resolución judicial.
¡Saludos!
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Hola, buenos días. Tengo una pensión de incapacidad permanente total y una discapacidad reconocida del 24%. ¿Tendría que marcar alguna casilla en el modelo 145 de discapacidad o al ser menor del 33% no habría que reflejar nada? Sé que a efectos de IRPF tengo, automáticamente, la consideración de una discapacidad del 33%. De ahí mi duda…
Muchas gracias por su inestimable ayuda. ¡¡¡Buen día!!!
Hola Pedro.
A los efectos del IRPF, al tener reconocida una pensión de Incapacidad Permanente Total y en lo que esta situación persista, la norma te reconoce que estás afecto a un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, por lo que puedes marcar la casilla correspondiente en el apartado 1.
¡Saludos!
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Buenos días,
Soy divorciada de mi primer marido desde 2006. Pero, tuve otra pareja desde 2012 con la que hice pareja de hecho y con la que tuve mi hijo. El año pasado nos separamos y este año firmamos finalmente el convenio de medidas parentales y tengo la custodia total de nuestro hijo y él tiene régimen de visitas libre y pasa pensión de alimentos, aunque llevamos separados desde el año 2023. En ese caso, ¿qué casilla debo marcar?
Hola Tati.
Teniendo tú la custodia de vuestro hijo, si este es menor de edad y no tiene rentas anuales superiores a 8.000 euros, tienes que marcar la casilla 1 del apartado 1, y rellenar los datos correspondientes en el apartado 2, marcando la última casilla (Cómputo por entero de hijos o descendientes). El año que cumpla la mayoría de edad tienes que marcar, en el apartado 1, la casilla 3 en vez de la 1. Ten en cuenta las rentas anuales no exentas que pueda percibir tu hijo a los efectos del límite de 8.000 euros.
Un saludo.
“Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.”
Hola, tengo una hija de 1 año sin discapacidad, que vive conmigo y mi esposa que genera mas de 1500 EUR anuales. Es la situacion familiar 3, pero tengo que completar el apartado 2?
Hola Nico.
En el apartado 2 tienes que rellenar los datos de tu hija, para que pueda ser tenida en cuenta a la hora de calcular el IRPF que te corresponde.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
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Buenos días y feliz 2025!
En primer lugar, agradeceros vuestra amabilidad por atender mi consulta.
Mi duda tiene que ver con el modelo 145.
– Tengo un hijo con mi pareja.
– El niño hace 3 años en enero 2025.
– No estamos casado y tampoco somos pareja de hecho.
– Convivimos juntos, empadronados en el mismo domicilio. (Alquiler que pago yo)
– Ella no trabaja, por lo que tampoco aporta nada en casa.
Qué situación debo marcar en el 145? La 1 o la 3?
Yo entiendo que soy soltero, con hijo, y que fiscalmente, aún conviviendo con mi pareja (no formalizada legalmente) fiscalmente el niño está por entero a mi cargo, no?
Estos años atrás he venido marcando la situación 3 por recomendación de RRHH, pero, realmente, considero que mi situación se describe mejor en la opción 1.
Quedo atento a vuestra respuesta. De nuevo, muchas gracias por vuestra amabilidad.
Cordial saludo,
Hola Juan.
Muchas gracias por tu comentario.
Con la situación que planteas, al convivir con el otro progenitor tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1, y debes rellenar los datos del niño en el apartado 2. No puedes marcar que está a tu exclusivo cargo, puesto que existe convivencia de ambos progenitores.
Esperamos haberte ayudado.
Saludos.
“Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.”
Hola tengo una incapacidad permanente total no tengo rentas ningunas y mi mujer trabaja y le piden rellene modelo 145 que casilla marca la 2 o la 3 ? Gracias
Hola Ángel.
Si no percibes rentas ANUALES superiores a 1.500 euros (trabajo, intereses bancarios, alquileres u otro tipo de ingresos), tu cónyuge puede marcar la casilla 2 del apartado 1, rellenando también el dato de tu DNI.
Esperamos haberte ayudado.
Saludos.
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Buenos días
Tengo una duda, me acabo de DIVORCIAR, tengo 3 hijas menores de 9 y 8 años y en sentencia judicial me han dado la custodia materna. Pero el padre tiene ampliado horario de visitas con derecho de pernocta de las niñas.
El pasa una pensión de alimentos pero yo asumo otra parte logicamente.
A parte por el divorcio mi casa comprada en 2010, ahora en diciembre 2024 le he comprado su parte a mi ex marido , una extinción de condomio.
Qué debo cumplimentar en las casillas del modelo 145? tanto para hijas y vivienda? Agradeceria vuestra ayuda
Hola Ana.
Con respecto a las hijas, si solo tú tienes la custodia, tienes que marcar la casilla 1 de apartado 1, y debes rellenar los datos de las hijas en el apartado 2, marcando las casillas «Cómputo por entero de hijos o descendientes». Los horarios de visitas del padre o pernoctas con las hijas no influyen en este aspecto.
En cuanto a la vivienda (apartado 5), debes asegurarte que puedes deducirte la hipoteca en la Declaración de la Renta y que cumples con el límite de ingresos que se establece en el modelo 145, para marcar esa casilla.
Un saludo.
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Buenas tardes, que casilla tengo que marcar.
Pareja de hecho conviviendo con un hijo de mi pareja menor de 18 años y con la custodia exclusiva de ella. gracias
Hola Víctor.
Si el hijo es solo de tu pareja y tú no tienes hijos a cargo, debes marcar la casilla 3 del apartado 1.
Saludos.
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No casados con una hija menor que convive con ambos en el mismo domicilio pero pareja NO TRABAJA ni percibe ingresos.
Gracias
Hola Marta.
Al no estar casados y al convivir juntos, tienes que marcar la casilla 3 del apartado 1, y rellenar los datos de la hija en el apartado 2.
Recibe un cordial saludo.
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Hola
Tengo una discapacidad del 45% y se lo he comunicado a mi empresa, pero ahora no quiero que lo tengan en cuenta porque sigo haciendo el mismo trabajo que antes , ¿puedo volver a firmar el modelo 145 sin incluir lo de la discapacidad y que todo vuelva a estar como antes?
Hola José María.
Sí, puedes modificar el modelo 145 siempre que tus circunstancias familiares varíen o si quieres modificar algún dato proporcionado anteriormente. Ten en cuenta que la inclusión de datos falsos, incompletos o inexactos en esa comunicación, así como la falta de comunicación de variaciones en los mismos que, de haber sido conocidas por el pagador, hubieran determinado una retención superior, constituye infracción tributaria sancionable con multa del 35 al 150 por 100 de las cantidades que se hubieran dejado de retener por esta causa (Artículo 205 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria).
“Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.”
Hola, divorciado con dos hijos menores y custodia compartida, pero con acuerdo de que seré yo quien haga la declaración de la renta con modalidad conjunta mientras mi hija menor no cumpla los 18 años. Que debo indicar en el 145?
Hola.
Si la custodia es compartida, debes marcar la casilla 3 del apartado 1, y rellenar los datos de los hijos en el apartado 2. El acuerdo de la modalidad de declaración conjunta con tu hija menor no influye en la confección del modelo 145.
Saludos.
“Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.”
Hola,
estoy divorciada, con custodia compartida de un menor de 4 años. Debo marcar la situación familiar 1?
Hola Rebe.
Si la custodia del hijo es compartida, no procede marcar la casilla 1 del apartado 1.
Recibe un cordial saludo.
“Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.”
Buenas, tengo dos hijas, la mayor de mi expareja y cuya custodia tengo yo. La segunda de mi actual pareja con la que que convivo y soy pareja de hecho. Cómo debería cumplimentar el modelo 145? Gracias
Hola Lourdes.
Dado que no especificas la edad de tu hija mayor, no podemos indicarte si tienes que marcar la casilla 1 o 3 del apartado 1 (dependerá de si es mayor o menor de 18 años). En todo caso, de esa hija, si cumple los requisitos, debes rellenar sus datos en el apartado 2, marcando la casilla «Cómputo por entero de hijos o descendientes». De la hija que tienes en común con tu pareja actual solo debes rellenar sus datos en el apartado 2, sin marcar la casilla de cómputo por entero.
Un saludo.
“Esta información ha sido elaborada con los datos facilitados por usted; es meramente informativa, y no genera expectativa alguna de derechos. Pudiendo, asimismo, variar si lo hacen las circunstancias personales y/o la normativa aplicable en cada momento.”