Julio 2015
El R.D.L 9/2015 de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras medidas de carácter económico, ha adelantado la rebaja fiscal prevista para 2016; ello implica la rebaja de las retenciones a aplicar desde la entrada en vigor de dicha norma, el 12 de julio de 2015.
En lo referente a las retenciones sobre los rendimientos del trabajo, se publica una tabla intermedia, que será de aplicación en los primeros rendimientos del trabajo que se abonen a partir del 12 de julio de 2015, aunque, a opción del pagador, se podrá aplicar a partir del 1 de agosto.
Los porcentajes de retención aplicables a partir del 12 de julio de 2015 son:
Rendimientos del trabajo: | |
Administradores y Consejeros | |
General | 37% |
Cifra de negocios inferior a 100.000 € | 19,50% |
Cursos, conferencias, seminarios… | 15% |
Rendimientos de actividades profesionales: | |
General | 15% |
Nueva actividad (periodo inicial y 2 siguientes) | 7% |
Actividades agrícolas-ganaderas: | |
General | 2% |
Ganadería: engorde de porcino y aves | 1% |
Arrendamientos de bienes urbanos: | 19,50% |
Rendimientos propiedad industrial: | 19,50% |
Para los rendimientos satisfechos o abonados con anterioridad al 12 de julio los porcentajes de retención son los previstos desde 1 de enero de 2015:
Rendimientos del trabajo: | |
Administradores y Consejeros | |
General | 37% |
Cifra de negocios inferior a 100.000 € | 20% |
Cursos, conferencias, seminarios… | 20% |
Rendimientos de actividades profesionales: | |
General | 19% |
Para rendimientos inferiores a 15.000 € | 15% |
Nueva actividad (periodo inicial y 2 siguientes) | 9% |
Actividades agrícolas-ganaderas: | |
General | 2% |
Ganadería: engorde de porcino y aves | 1% |
Arrendamientos de bienes urbanos: | 20% |
Rendimientos propiedad industrial: | 20% |
Si quieres consultar el cuadro completo de las retenciones de 2015, pincha aquí.